jueves, 23 de febrero de 2017

AFIP: Informe producción de Trigo

Hasta el 28 de Febrero hay plazo para informar la producción total de Trigo correspondiente a la campaña agrícola 2016-2017 según la Resolución General 3342/12 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), vigente desde Junio de 2012, que implementó este Régimen de Información -abarcando la producción de girasol, maíz, trigo y soja-.
Para compartir este contenido, por favor, utilice el enlace www.amiconsultoracontable.blogspot.com.ar o las herramientas ofrecidas en la página.
Deberán cumplirlo obligatoriamente los productores cuya actividad -principal o complementaria- sea la obtención de trigo mediante la explotación de inmuebles rurales -ya sea propio, de terceros y/u otra modalidad establecida en la Ley de Arrendamientos y Aparcerías Rurales-. Se deberá cumplir con el Régimen de Información independientemente del destino que le sea conferido a los granos una vez cosechados.
Para compartir este contenido, por favor, utilice el enlace o las herramientas ofrecidas en la página.
Si utiliza total o parcialmente el contenido de los artículos, por favor citar la fuente amiconsultoracontable.blogspot.com.ar
La información relativa a la campaña deberá suministrarse mediante la transferencia electrónica de datos ingresando con clave fiscal en la página Web de AFIP al servicio “Productores Agrícolas - Capacidad Productiva”, "Información de Producción de Granos obtenida de Trigo". 

miércoles, 8 de febrero de 2017

Más cambios en Monotributo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) introduce nuevas modificaciones en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes por medio de la Resolución General 3990-E/17. 

Estas modificaciones se suman a las realizadas por la Ley 27.346/16 y la Resolución General 3982-E/17, realizadas en los meses de Diciembre y Enero respectivamente. La Resolución General 3990-E/17 agrega aclaraciones a las normas mencionadas, entre ellas se encuentran: recategorización de oficio, modalidad de pago electrónico, incorporación a factura electrónica y domicilio fiscal, reingreso de sujetos excluidos y se deja sin efecto la Declaración Jurada Informativa Cuatrimestral.

Recategorización de Oficio


Procederá la recategorización de oficio del pequeño contribuyente, cuando el Organismo Fiscal constate -a partir de la información obrante en sus registros o de las verificaciones que realice-, que el contribuyente ha adquirido bienes, realizado gastos de índole personal o posee acreditaciones bancarias, por un valor que supere el importe de los ingresos brutos anuales máximos admitidos para la categoría en la cual está encuadrado.

En tales supuestos, la nueva categoría a asignar será la que corresponda al importe de ingresos anuales resultante de la sumatoria entre el monto de los bienes adquiridos y los gastos de índole personal realizados o de las acreditaciones bancarias detectadas más el 20% (veinte por ciento) o el 30% (treinta por ciento) de dicho valor, según se trate la actividad del pequeño contribuyente de locación y/o prestación de servicios o de venta de cosas muebles, respectivamente.

miércoles, 1 de febrero de 2017

Normas sobre cosecha, secanza y movimiento de Yerba Mate

El Instituto Nacional de Yerba Mate (INYM) establece mediante tres normas el Régimen de Documentación de Movimientos de Yerba Mate, el Reglamento de Cosecha de la Yerba Mate y el Reglamento de Secanza de la Yerba Mate. Dichas medidas tienen vigencia desde Enero de 2017.