lunes, 27 de marzo de 2017

Ingresos Brutos ARBA: Declaración Jurada Anual y Multas

Para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires comienza a vencer la presentación de la Declaración Jurada Anual correspondiente al período fiscal 2016 desde el 3 de Abril. 
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El plazo para que los contribuyentes que tributen por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires, presenten la Declaración Jurada Anual -según la terminación del Dígito Verificador de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del responsable-, es el siguiente: 
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Para cumplir con la Declaración Jurada Anual de Ingresos Brutos, el contribuyente deberá ingresar al sitio de Web de ARBA con la correspondiente Clave de Identificación Tributaria (CIT) y realizar la presentación mediante DDJJ Web, ubicada en la solapa Ingresos Brutos.
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viernes, 10 de marzo de 2017

Control Fiscal Agropecuario ARBA

El próximo 14 de Marzo de 2017, los propietarios de inmuebles rurales en la Provincia de Buenos Aires, cuya superficie total -considerada de manera individual o conjunta- sea igual o mayor a las 50 (cincuenta) hectáreas están obligados a presentar una Declaración Jurada Anual -Control Fiscal Agropecuario-.
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En este Régimen de Información -establecido por la Resolución Normativa 32/08 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)- se deberá informar los datos relacionados a la actividad económica desempeñada en el inmueble durante el año 2016. Para ello es necesario acceder con Clave de Identificación Tributaria (CIT) a la página web de ARBA e ir completando los datos requeridos en la aplicación. También se puede consultar si la partida inmobiliaria está obligada a presentarlo (consulta).
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Para completar la Declaración Jurada deberá suministrarse entre otros datos la siguiente información:

jueves, 2 de marzo de 2017

ARBA: Tratamiento a vehículos utilitarios en Impuesto Automotor

Los vehículos utilitarios -camiones, camionetas, pick-ups, jeeps y furgones- radicados en la Provincia de Buenos Aires, cuando los propietarios o adquirientes de los mismos se encuentren inscriptos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos por el ejercicio de determinadas actividades, gozarán de un tratamiento diferencial en el Impuesto Automotor. 


Esto es así desde 2014 cuando la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) dispuso a través de la Resolución Normativa 54/14 que el valor a abonar del Impuesto Automotor se calculará de manera diferente. De oficio verificará la inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos -ya sea como contribuyente local o sujeto al régimen del Convenio Multilateral- de alguno de sus propietarios o adquirentes, o bien se verifique la misma por el ejercicio de alguna de las actividades alcanzadas.

Mediante el Anexo I de la Resolución Normativa 11/16 (ARBA) se establece cuales son las actividades económicas cuyo desarrollo requiere la afectación de vehículos (Ver listado completo de actividades). Mencionamos algunas de las actividades relacionadas con la actividad agropecuaria: