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lunes, 9 de marzo de 2020

ARBA: Vencimiento Control Fiscal Agropecuario

El próximo 13 de Marzo de 2020 opera el vencimiento del Control Fiscal Agropecuario, un Régimen de Información anual -establecido por la Resolución Normativa 32/08 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)- , y es obligatorio para los propietarios de inmuebles rurales en la Provincia de Buenos Aires, cuya superficie total -considerada de manera individual o conjunta- sea igual o mayor a las 50 (cincuenta) hectáreas

Según el Código Fiscal son contribuyentes del impuesto inmobiliario los titulares de dominio, los superficiarios, los usufructuarios y los poseedores a título de dueño. La carga de la información se efectúa para cada una de las Partidas Inmobiliarias Rurales que posea el titular.

En esta Declaración Jurada, se deberá informar los datos relacionados a la actividad económica desempeñada en el inmueble durante el año 2019. Para ello es necesario acceder con Clave de Identificación Tributaria (CIT) a la página web de ARBA e ir completando los datos requeridos en la aplicación. También se puede consultar si la partida inmobiliaria está obligada a presentarlo (consulta

La presentación del Control Fiscal Agropecuario permitirá acceder al beneficio del descuento en el Impuesto Inmobiliario, siempre y cuando el contribuyente no posea deuda. La falta de cumplimiento de la presentación de este régimen de información hará pasible al responsable de la multa por infracción a los deberes formales.

miércoles, 26 de febrero de 2020

Provincia de Buenos Aires: Agro Registro MiPyMEs

El Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires, con la Resolución 7/2020 creó un Registro de Micro, Pequeñas y Medianas empresas (MiPyMEs) del sector agropecuario bonaerense, “AgroRegistro MiPyMEs”, que alcanza a la actividad agraria, pecuaria, pesquera, frutícola, hortícola y cualquier otra materia afín.



Con un poco de sentido común, se podría incluir a aquellos contribuyentes con Certificado Pyme (AFIP) vigente que posean domicilio o explotaciones en la Provincia. Sin embargo, como el sentido común es el menos común de los sentidos, deberá realizarse la inscripción al Registro a través del sitio web del Ministerio de Desarrollo Agrario, para ello es necesario generar un usuario y luego completar los datos requeridos con carácter de declaración jurada. 

De esta manera, con la tarea que se traslada al productor, el Ministerio, podrá hacer una identificación segmentada de los pequeños y medianos productores, de las cooperativas agropecuarias y comercios que lleven adelante estas actividades; y según se menciona en la Resolución, la inscripción al Registro permitirá acceder a los beneficios que establezcan los programas que cree el Poder Ejecutivo provincial por vía de reglamentación, y a los planes, programas y/o acciones que lleve adelante el Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires.

Los datos a completar son los siguientes: 

martes, 2 de abril de 2019

Vencimiento Declaración Jurada Anual Ingresos Brutos ARBA

Desde el 3 de Abril comienza a vencer la presentación de la Declaración Jurada Anual correspondiente al período fiscal 2018 para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires

El plazo para que los contribuyentes que tributen por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires, presenten la Declaración Jurada Anual -según la terminación del Dígito Verificador de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del responsable-, es el siguiente



Para cumplir con la Declaración Jurada Anual de Ingresos Brutos, el contribuyente deberá ingresar al sitio de Web de ARBA con la correspondiente Clave de Identificación Tributaria (CIT) y realizar la presentación mediante DDJJ Web, ubicada en la solapa Ingresos Brutos.


viernes, 8 de marzo de 2019

Control Fiscal Agropecuario ARBA

Los propietarios de inmuebles rurales en la Provincia de Buenos Aires, cuya superficie total -considerada de manera individual o conjunta- sea igual o mayor a las 50 (cincuenta) hectáreas están obligados a presentar una Declaración Jurada Anual -Control Fiscal Agropecuario-, cuyo vencimiento opera el próximo 15 de Marzo de 2019. Según el Código Fiscal son contribuyentes del impuesto inmobiliario los titulares de dominio, los superficiarios, los usufructuarios y los poseedores a título de dueño.


En este Régimen de Información -establecido por la Resolución Normativa 32/08 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)- se deberá informar los datos relacionados a la actividad económica desempeñada en el inmueble durante el año 2018. Para ello es necesario acceder con Clave de Identificación Tributaria (CIT) a la página web de ARBA e ir completando los datos requeridos en la aplicación. También se puede consultar si la partida inmobiliaria está obligada a presentarlo (consulta

martes, 3 de abril de 2018

ARBA: Vencimiento Declaración Jurada Anual Ingresos Brutos

Desde el 3 de Abril comienza a vencer la presentación de la Declaración Jurada Anual correspondiente al período fiscal 2017 para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires

El plazo para que los contribuyentes que tributen por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires, presenten la Declaración Jurada Anual -según la terminación del Dígito Verificador de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del responsable-, es el siguiente: 


Para cumplir con la Declaración Jurada Anual de Ingresos Brutos, el contribuyente deberá ingresar al sitio de Web de ARBA con la correspondiente Clave de Identificación Tributaria (CIT) y realizar la presentación mediante DDJJ Web, ubicada en la solapa Ingresos Brutos.

jueves, 8 de marzo de 2018

ARBA Control Fiscal Agropecuario

El próximo 15 de Marzo de 2018, los propietarios de inmuebles rurales en la Provincia de Buenos Aires, cuya superficie total -considerada de manera individual o conjunta- sea igual o mayor a las 50 (cincuenta) hectáreas están obligados a presentar una Declaración Jurada Anual -Control Fiscal Agropecuario-.

En este Régimen de Información -establecido por la Resolución Normativa 32/08 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)- se deberá informar los datos relacionados a la actividad económica desempeñada en el inmueble durante el año 2017. Para ello es necesario acceder con Clave de Identificación Tributaria (CIT) a la página web de ARBA e ir completando los datos requeridos en la aplicación. También se puede consultar si la partida inmobiliaria está obligada a presentarlo (consulta)


La presentación del Control Fiscal Agropecuario permitirá acceder al beneficio del descuento en el Impuesto Inmobiliario, que consiste en una bonificación del 15% por buen cumplimiento y pago en término, y un 5% más por la adhesión al débito automático, siempre y cuando el contribuyente no posea deuda. La falta de cumplimiento de la presentación de este régimen de información hará pasible al responsable de la multa por infracción a los deberes formales.


lunes, 27 de marzo de 2017

Ingresos Brutos ARBA: Declaración Jurada Anual y Multas

Para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires comienza a vencer la presentación de la Declaración Jurada Anual correspondiente al período fiscal 2016 desde el 3 de Abril. 
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El plazo para que los contribuyentes que tributen por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires, presenten la Declaración Jurada Anual -según la terminación del Dígito Verificador de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del responsable-, es el siguiente: 
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Para cumplir con la Declaración Jurada Anual de Ingresos Brutos, el contribuyente deberá ingresar al sitio de Web de ARBA con la correspondiente Clave de Identificación Tributaria (CIT) y realizar la presentación mediante DDJJ Web, ubicada en la solapa Ingresos Brutos.
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viernes, 10 de marzo de 2017

Control Fiscal Agropecuario ARBA

El próximo 14 de Marzo de 2017, los propietarios de inmuebles rurales en la Provincia de Buenos Aires, cuya superficie total -considerada de manera individual o conjunta- sea igual o mayor a las 50 (cincuenta) hectáreas están obligados a presentar una Declaración Jurada Anual -Control Fiscal Agropecuario-.
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En este Régimen de Información -establecido por la Resolución Normativa 32/08 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)- se deberá informar los datos relacionados a la actividad económica desempeñada en el inmueble durante el año 2016. Para ello es necesario acceder con Clave de Identificación Tributaria (CIT) a la página web de ARBA e ir completando los datos requeridos en la aplicación. También se puede consultar si la partida inmobiliaria está obligada a presentarlo (consulta).
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Para completar la Declaración Jurada deberá suministrarse entre otros datos la siguiente información:

miércoles, 4 de enero de 2017

Ingresos Brutos 2017 BA

La Ley Impositiva 2017 -Ley 14.880 (Bs. As.)-, publicada en el Boletín Oficial en Enero de 2017, establece las alícuotas correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de Sellos, Inmobiliario, a los Automotores, a la Transmisión Gratuita de Bienes y los nuevos valores para los servicios que presten las reparticiones dependientes del Ministerio de Asuntos Agrarios para el período fiscal 2017 en la Provincia de Buenos Aires. (Ver Ley Impositiva 2017)

Modificaciones Ingresos Brutos:
Se establece el monto del anticipo correspondiente en los casos de inicio de actividades y el monto mínimo del impuesto sobre los ingresos brutos para anticipos mensuales en $175 (pesos ciento setenta y cinco).

Se aumenta el valor de la multas para quienes no presenten sus declaraciones juradas en término, lo cual constituye una infracción a los deberes formales del contribuyente: “Cuando la infracción consista en la no presentación de declaraciones juradas, será sancionada, sin necesidad de requerimiento previo, con una multa automática de pesos cuatrocientos ($ 400), la que se elevará a pesos ochocientos ($ 800) si se tratare de sociedades, asociaciones o entidades de cualquier clase constituidas regularmente o no. En los casos en que el incumplimiento a dicho deber formal fuese cometido por un agente de recaudación, la infracción será sancionada con una multa automática de pesos cinco mil quinientos ($ 5.500).”.


Ley Impositiva 2017 BA

La Ley 14.880 -Impositiva 2017-, publicada en el Boletín Oficial en Enero de 2017, establece las alícuotas correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de Sellos, Inmobiliario, a los Automotores, a la Transmisión Gratuita de Bienes y los nuevos valores para los servicios que presten las reparticiones dependientes del Ministerio de Asuntos Agrarios para el período fiscal 2017 en la Provincia de Buenos Aires.



Impuesto sobre los Ingresos Brutos


Se establece el monto del anticipo correspondiente en los casos de inicio de actividades y el monto mínimo del impuesto sobre los ingresos brutos para anticipos mensuales en $175 (pesos ciento setenta y cinco).

lunes, 28 de marzo de 2016

ARBA: Declaración Jurada Anual Ingresos Brutos y Multas

Desde el 1 de Abril de 2016 comienza a vencer la presentación de la Declaración Jurada Anual correspondiente al período fiscal 2015 para los Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires.
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El plazo para que los contribuyentes que tributen por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires, presenten la Declaración Jurada Anual -según la terminación del Dígito Verificador de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del responsable-, es el siguiente
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Para cumplir con la Declaración Jurada Anual de Ingresos Brutos, el contribuyente deberá ingresar al sitio de Web de ARBA con la correspondiente Clave de Identificación Tributaria (CIT) y realizar la presentación mediante DDJJ Web, ubicada en la solapa Ingresos Brutos.

martes, 8 de marzo de 2016

ARBA: Control Fiscal Agropecuario

En la Provincia de Buenos Aires, los propietarios de inmuebles rurales, cuya superficie total -considerada de manera individual o conjunta- sea igual o mayor a las 50 (cincuenta) hectáreas están obligados a presentar una Declaración Jurada Anual -Control Fiscal Agropecuario- con vencimiento el próximo 14 de Marzo de 2016.
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En este Régimen de Información -establecido por la Resolución Normativa 32/08 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)- se deberá informar los datos relacionados a la actividad económica desempeñada en el inmueble durante el año 2015. Para ello es necesario acceder con Clave de Identificación Tributaria (CIT) a la página web de ARBA e ir completando los datos requeridos en la aplicación. También se puede consultar si la partida inmobiliaria está obligada a presentarlo (consulta).
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Para completar la Declaración Jurada deberá suministrarse entre otros datos la siguiente información:

martes, 26 de enero de 2016

Es oficial la eliminación de Arbanet

Después del anuncio efectuado por el titular de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) finalmente se publicó la norma que deroga el régimen de liquidación administrativa de anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Arbanet) con relación a las obligaciones que se devenguen a partir del ejercicio fiscal 2016.

Por medio de la Resolución Normativa 1/16 (ARBA) se establece que los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que, al 1º de Enero de 2016, se encontraren incluidos en el régimen de liquidación administrativa de anticipos del impuesto (ARBAnet) deberán cumplir con sus obligaciones de presentación de declaraciones  juradas -originales y/o rectificativas, vencidas o no, correspondientes a anticipos o a períodos fiscales anuales, por todas las actividades desarrolladas- y efectuar los pagos que les correspondan en ese carácter -con relación al impuesto y sus accesorios-, a través del mecanismo web de presentación de Declaraciones Juradas (DDJJ Web) a partir del anticipo correspondiente al mes de Enero de 2016 -cuyo vencimiento opera en el mes de Febrero-.

lunes, 30 de noviembre de 2015

Nueva Obligación de ARBA: Informar Comprobantes Electrónicos

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) establece por medio de la Resolución Normativa 60/15 una nueva obligación para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que emitan facturas y demás documentos electrónicos -de acuerdo con lo previsto en la Resolución General 2485 sus modificatorias y complementarias de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)-. Esta obligación consiste en remitir a ARBA la información referida a dichas facturas y comprobantes.
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Quedan excluidos de la obligación:
|- Los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que utilicen, para la generación de las referidas facturas y comprobantes, la modalidad de emisión de "Comprobantes en Línea"; y
|- Los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que hubieran sido exceptuados o excluidos de la obligación de emitir facturas y comprobantes electrónicos por la Administración Federal de Ingresos Públicos, ya sea de manera individual, sectorial o general; permanente o transitoria, en este último supuesto, mientras perdure vigente la excepción o exclusión.
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El procedimiento se implementará de forma gradual, por grupo de contribuyentes, clasificados en función del monto total facturado durante el año calendario inmediato anterior. A tal fin se podrán efectuar notificaciones en los Domicilios Fiscales Electrónicos de los contribuyentes que deban dar cumplimento a la obligación.

Para la primera etapa de implementación, se incluirá en el presente régimen a aquellos contribuyentes que hubiesen declarado para el ejercicio fiscal 2014, por el desarrollo de cualquier actividad, dentro o fuera de la Provincia de Buenos Aires, ingresos brutos gravados, no gravados y/o exentos que superen la suma de $60.000.000 (sesenta millones de Pesos). Aún no se ha dispuesto la fecha en la que se debe comenzar a cumplir con la obligación.

ARBA: Declaración Jurada Web Última Etapa

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), aprueba la última etapa para la incorporación de actividades al mecanismo web de presentación de Declaraciones Juradas y pagos por parte de los Contribuyentes Directos que tributan por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires. En esta oportunidad se agregan el resto de las actividades que aún no se encontraban incluidas en el procedimiento, a partir del anticipo correspondiente al mes de Noviembre de 2015, según lo establece la Resolución Normativa 61/15.
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La Resolución Normativa 41/13 (ARBA) aprobó la implementación de un nuevo procedimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas por parte de los contribuyentes directos que tributan por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. El procedimiento es aplicado para la generación y envío de Declaraciones Juradas -originales y/o rectificativas- mensuales y/o anuales, así como también para efectuar los pagos que les corresponden, sus intereses y multas. 
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martes, 3 de noviembre de 2015

Novena etapa de Declaración Jurada Web Arba

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), incorporara más actividades al mecanismo web de presentación de Declaraciones Juradas y pagos por parte de los Contribuyentes Directos que tributan por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires. La novena etapa comenzará para la presentación de las Declaraciones Juradas por todas las actividades desarrolladas, a partir del anticipo correspondiente al mes de Octubre de 2015, según lo establece la Resolución Normativa 55/15.
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La Resolución Normativa 41/13 (ARBA) aprobó la implementación de un nuevo procedimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas por parte de los contribuyentes directos que tributan por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. El procedimiento es aplicado para la generación y envío de Declaraciones Juradas -originales y/o rectificativas- mensuales y/o anuales, así como también para efectuar los pagos que les corresponden, sus intereses y multas.
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Recordamos que esta modalidad no alcanza a los contribuyentes comprendidos en el régimen de liquidación administrativa de anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -Arbanet-, así como tampoco a los que se encuentren en el régimen de Convenio Multilateral.

martes, 22 de septiembre de 2015

ARBA: Más Actividades a Declaración Jurada Web

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), continua incorporarando actividades al mecanismo web de presentación de Declaraciones Juradas y pagos por parte de los Contribuyentes Directos que tributan por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires. La octava etapa comenzará en para la presentación de las Declaraciones Juradas por todas las actividades desarrolladas, a partir del anticipo correspondiente al mes de Septiembre de 2015, según lo establece la Resolución Normativa 49/15.
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La Resolución Normativa 41/13 (ARBA) aprobó la implementación de un nuevo procedimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas por parte de los contribuyentes directos que tributan por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. El procedimiento es aplicado para la generación y envío de Declaraciones Juradas -originales y/o rectificativas- mensuales y/o anuales, así como también para efectuar los pagos que les corresponden, sus intereses y multas. 
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Recordamos que esta modalidad no alcanza a los contribuyentes comprendidos en el régimen de liquidación administrativa de anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -Arbanet-, así como tampoco a los que se encuentren en el régimen de Convenio Multilateral.

jueves, 6 de agosto de 2015

ARBA amplía Declaración Jurada Web

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), continua con la incorporación gradual de actividades al mecanismo web de presentación de Declaraciones Juradas y pagos por parte de los Contribuyentes Directos que tributan por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires. La séptima etapa comenzará en Agosto de 2015, fecha en la cual operará el vencimiento del anticipo correspondiente al mes Julio de 2015 según lo establecido en la Resolución Normativa 39/15.
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La Resolución Normativa 41/13 (ARBA) aprobó la implementación de un nuevo procedimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas por parte de los contribuyentes directos que tributan por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. El procedimiento es aplicado para la generación y envío de Declaraciones Juradas -originales y/o rectificativas- mensuales y/o anuales, así como también para efectuar los pagos que les corresponden, sus intereses y multas. 
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Recordamos que esta modalidad no alcanza a los contribuyentes comprendidos en el régimen de liquidación administrativa de anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -Arbanet-, así como tampoco a los que se encuentren en el régimen de Convenio Multilateral.

viernes, 29 de mayo de 2015

Ingresos Brutos BA: Más Actividades al Nuevo Procedimiento

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), continua con la incorporación gradual de actividades al mecanismo web de presentación de Declaraciones Juradas y pagos por parte de los Contribuyentes Directos que tributan por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires. La sexta etapa comenzará en Junio de 2015, fecha en la cual operará el vencimiento del anticipo correspondiente al mes Mayo de 2015 según lo establecido en la Resolución Normativa 22/15.
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La Resolución Normativa 41/13 (ARBA) aprobó la implementación de un nuevo procedimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas por parte de los contribuyentes directos que tributan por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. El procedimiento es aplicado para la generación y envío de Declaraciones Juradas -originales y/o rectificativas- mensuales y/o anuales, así como también para efectuar los pagos que les corresponden, sus intereses y multas. 
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Recordamos que esta modalidad no alcanza a los contribuyentes comprendidos en el régimen de liquidación administrativa de anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -Arbanet-, así como tampoco a los que se encuentren en el régimen de Convenio Multilateral.

jueves, 23 de abril de 2015

Sistema de Fiscalizaciones Remotas ARBA

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), por medio de la Resolución Normativa 15/15 implementa la primera etapa del Sistema de Fiscalizaciones Electrónicas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (FIRE), un procedimiento electrónico tendiente a lograr un incremento de la recaudación tributaria.
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Es una herramienta de gestión, que en forma masiva, simultánea y continua posibilita verificar la situación fiscal de los contribuyentes de la provincia de Buenos Aires, con el objeto de informar los desvíos y discrepancias observados con relación al cumplimiento de las obligaciones fiscales correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos. A través de ésta aplicación podrá acceder a la información relativa a los desvíos e inconsistencias detectados por la Agencia de Recaudación en función de los cruces de datos realizados y tendrá la oportunidad de interactuar con la misma a los efectos de regularizar o justificar su situación fiscal. 
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El nuevo mecanismo se apoyará en la certeza de la información a analizar, presentada por el propio obligado o bien por terceros con una vinculación económica o jurídica con el mismo, brindando al contribuyente y/o responsable la posibilidad de reconocer la pretensión fiscal o, en su caso, justificar la inconsistencia, respondiendo a un cuestionario secuencial y automatizado, adaptado a cada tipo de desvío constatado, acompañado de un requerimiento de información de Arba, con carácter de declaración jurada, lo que podrá derivar en desvirtuar las inconsistencias o desvíos endilgados.
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Los contribuyentes y demás responsables deberán cumplir con la obligación de contestar cualquier pedido de informes y aclaraciones con respecto a sus declaraciones juradas o, en general, con relación a las operaciones que, a juicio de la Autoridad de Aplicación, pueden constituir hechos imponibles; con el deber de facilitar, por todos los medios a su alcance, las tareas de verificación y fiscalización impositiva; demás esta aclarar que el incumplimiento es sancionado con multa.