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miércoles, 21 de noviembre de 2012

Registro Nacional de Productores, Transformadores y Comercializadores de la Especie Ovina

La Resolución 1213/12 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (MAGyP) crea el Registro Nacional de Productores, Transformadores y Comercializadores de la Especie Ovina y aprueba el Manual de Procedimiento del Régimen para la Recuperación de la Ganadería Ovina -instituido por la Ley 25.422 y prorrogada por la Ley 26.680-.

La inscripción en el Registro Nacional de Productores, Transformadores y Comercializadores de la Especie Ovina, tanto para personas físicas como para personas jurídicas, deberá realizarse en la Subsecretaría de Ganadería de la Secretaria de Agricultura, Ganadería y Pesca (SAGPyA) del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación.

Las actividades comprendidas en el Régimen para la Recuperación son las relacionadas con la Ganadería Ovina:
|- Recomposición de las majadas;
|- Mejora de la productividad;
|- Intensificación racional de las explotaciones;
|- Mejora de la calidad de la producción;
|- Utilización de tecnología adecuada de manejo extensivo;
|- Reestructuración parcelaria;
|- Fomento a los emprendimientos asociativos;
|- Mejoramiento de los procesos de esquila, clasificación y acondicionamiento de la lana;
|- Control sanitario;
|- Aprovechamiento y control de la fauna silvestre;
|- Apoyo a las pequeñas explotaciones y las acciones de comercialización e industrialización de la producción realizadas en forma directa por el productor o a través de cooperativas u otras empresas de integración vertical donde el productor tenga una participación directa y activa en su conducción.

sábado, 17 de marzo de 2012

Régimen de Regularización para Deudas de Arba


La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) prorroga hasta el 31 de Marzo de 2012, el Régimen de Regularización para Deudas del  Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de Sellos, Inmobiliario y Automotores, vencidas o devengadas al 31/12/2010.

Mediante la Resolución Normativa de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) 8/2012 se prorroga hasta el 31 de Marzo de 2012 la vigencia de los Regímenes de Regularización de Deudas, según el siguiente detalle:

- Régimen de regularización para deudas del impuesto sobre los Ingresos Brutos, de Sellos, Inmobiliario y Automotores, vencidas o devengadas al 31/12/2010, establecida en la Resolución Normativa 41/2011. 
- Régimen de regularización para deudas del impuesto sobre los Ingresos Brutos y de Sellos en proceso de fiscalización, de determinación o en discusión administrativa, aun las que se encuentren firmes y hasta el inicio de las acciones judiciales respectivas, establecida en la Resolución Normativa 42/2011. 
- Un Régimen de facilidades de pago del impuesto sobre los  Ingresos Brutos, de Sellos, Inmobiliario y  a los Automotores que se encuentren en instancia de ejecución judicial, establecida en la Resolución Normativa 43/2011. 
- Régimen de regularización para deudas del impuesto sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, correspondientes a los agentes de recaudación provenientes de retenciones y/o percepciones no efectuadas, establecida en la Resolución Normativa 44/2011.

En efecto, esto quiere decir que pueden regularizarse por medio del presente régimen las deudas de los impuestos inmobiliario, a los automotores, sobre los ingresos brutos y de sellos, vencidas o devengadas, según el impuesto de que se trate, al 31 de diciembre de 2010.


Esta medida extiende la prórroga, ya que la anterior Resolución Normativa de ARBA 66/2011 había establecido el plazo hasta el 29 de Febrero de 2012. Pero a diferencia de ella, en esta oportunidad se encuentra excluida de la extensión el reingreso de planes de pagos caducos correspondientes a cada uno de los regímenes mencionados anteriormente.

Por AMI Consultora Contable

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miércoles, 18 de enero de 2012

Régimen de Regularización para Deudas de Arba

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) prorroga hasta el 29 de Febrero de 2012, el Régimen de Regularización para Deudas del  Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de Sellos, Inmobiliario y Automotores, vencidas o devengadas al 31/12/2010.

Mediante la Resolución Normativa de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) 66/2011 se prorroga hasta el 29 de Febrero de 2012 la vigencia de los Regímenes de Regularización de Deudas, según el siguiente detalle:

- Régimen de regularización para deudas del impuesto sobre los Ingresos Brutos, de Sellos, Inmobiliario y Automotores, vencidas o devengadas al 31/12/2010, establecida en la Resolución Normativa 41/2011. 
- Régimen de regularización para deudas del impuesto sobre los Ingresos Brutos y de Sellos en proceso de fiscalización, de determinación o en discusión administrativa, aun las que se encuentren firmes y hasta el inicio de las acciones judiciales respectivas, establecida en la Resolución Normativa 42/2011. 
- Un Régimen de facilidades de pago del impuesto sobre los  Ingresos Brutos, de Sellos, Inmobiliario y  a los Automotores que se encuentren en instancia de ejecución judicial, establecida en la Resolución Normativa 43/2011. 
- Régimen de regularización para deudas del impuesto sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, correspondientes a los agentes de recaudación provenientes de retenciones y/o percepciones no efectuadas, establecida en la Resolución Normativa 44/2011.

En efecto, esto quiere decir que pueden regularizarse por medio del presente régimen las deudas de los impuestos inmobiliario, a los automotores, sobre los ingresos brutos y de sellos, vencidas o devengadas, según el impuesto de que se trate, al 31 de diciembre de 2010.


martes, 16 de agosto de 2011

Régimen para regularizar planes caducos de Arba

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) lanzó un régimen de regularización para deudores de planes caducos.


El programa apunta a recuperar $500 millones de deuda y abarca a cerca de 100 mil contribuyentes con deudas de Inmobiliario, Automotores, Ingresos Brutos y Sellos, tanto en etapa judicial como prejudicial. La medida implica una nueva oportunidad para quienes ingresaron a regímenes de regularización, desde el año 2000 en adelante, y dejaron de pagarlos.


Con el objeto de recuperar alrededor de $500 millones de deuda y brindar a los contribuyentes morosos la oportunidad de ordenar su situación fiscal, Arba rehabilitó los planes de regularización que se encuentran caducos por falta de pago y, de esta forma, cerca de 100 mil contribuyentes de la Provincia estarán en condiciones de regularizar, hasta el 31 de diciembre próximo, las obligaciones tributarias que adeudan.

A partir de esta medida, quienes suscribieron planes de pago desde el año 2000 en adelante y tuvieron problemas para cancelarlos podrán retomarlos con las condiciones de financiamiento originales, pagando las cuotas que se encuentren vencidas, las cuales incluirán los intereses por mora correspondientes. Esta rehabilitación, que brinda una nueva instancia para ponerse al día con la Provincia, comprende tanto las deudas en etapa judicial como prejudicial.



Cabe destacar que aquellos contribuyentes que no aprovechen esta instancia para regularizar su situación quedarán sujetos a las acciones legales que pondrá en marcha Arba para garantizar el cobro por vía judicial, lo cual incluye la posibilidad de que se traben medidas cautelares contra los deudores.



viernes, 5 de agosto de 2011

Nuevo Régimen de Regularización para Deudas de Arba

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) establece, hasta el 31 de Diciembre de 2011, un Régimen de Regularización para Deudas del  Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de Sellos, Inmobiliario y Automotores, vencidas o devengadas al 31/12/2010.

En efecto, fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires cuatro Resoluciones Generales de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), en las cuales se instituyen condiciones para el acogimiento al Régimen. La Resolución General 41/2011, establece un régimen de regularización para deudas del impuesto sobre los ingresos brutos, de sellos, inmobiliario y automotores, vencidas o devengadas al 31/12/2010. La Resolución General 42/2011, establece un régimen de regularización para deudas del impuesto sobre los ingresos brutos y de sellos en proceso de fiscalización, de determinación o en discusión administrativa, aun las que se encuentren firmes y hasta el inicio de las acciones judiciales respectivas. La Resolución General  43/2011, establece un régimen de facilidades de pago del impuesto sobre los ingresos brutos, de sellos, inmobiliario y a los automotores que se encuentren en instancia de ejecución judicial. La Resolución General  44/2011, establece un régimen de regularización para deudas del impuesto sobre los ingresos brutos y de sellos, correspondientes a los agentes de recaudación provenientes de retenciones y/o percepciones no efectuadas.

Pueden regularizarse por medio del presente régimen las deudas de los impuestos inmobiliario, a los automotores, sobre los ingresos brutos y de sellos, vencidas o devengadas, según el impuesto de que se trate, al 31 de diciembre de 2010

El acogimiento del plan de facilidades de pagos, consta de las siguientes condiciones:

- Forma de Pago:
- Pago al contado: quince (15) días corridos contados desde la fecha de formalización del acogimiento; o
- Pago en cuotas: la cual tiene el pago de un anticipo del 5% a cancelarse antes de los cinco (5) días corridos contados desde la fecha de formalización del acogimiento y los pagos restantes hasta cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, que vencen en forma mensual y consecutiva el día 10 de cada mes o inmediato posterior hábil.

- Importe:
El importe de las cuotas no podrá ser inferior a $ 80, en el caso de deudas de impuesto inmobiliario y automotores, y a $ 160, en el caso del impuesto sobre los ingresos brutos y sellos.
Se prevé una bonificación sobre el importe de las cuotas del plan, la cual dependerá de la etapa en que se encuentre la deuda por la que se realiza el plan de facilidades de pagos.

- Caducidad del Plan:
Se producirá por el mantenimiento de tres cuotas impagas, incluido el anticipo, consecutivas o alternadas, al vencimiento de la cuota siguiente, o por el mantenimiento de alguna cuota, anticipo o liquidación de contado impagos al cumplirse ciento veinte (120) días corridos del vencimiento de la última cuota del plan