miércoles, 30 de mayo de 2012

Aumentos en Monotributo

A partir del 1° de Julio de 2012 se incrementarán los valores de las cotizaciones fijas destinadas a Seguridad Social del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Esto se debe a la Resolución General N° 3334/12 de la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

A través de esta norma publicada en el Boletín Oficial el 30 de Mayo de 2012, el importe fijo destinado a la Seguridad Social se incrementa de ciento diez pesos ($110) a ciento cincuenta y siete pesos ($157), del mismo modo que el valor fijo destinado a la Obra Social que pasa de setenta pesos ($70) a cien pesos ($100)

De esta manera, los nuevos importes a partir de Julio, quedarían de la siguiente manera:



Nueva Versión Movimiento de Granos

Mediante la Resolución General 3339 la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicada en el Boletín Oficial el 30 de Mayo de 2012, se aprueba la versión 4.0 del programa aplicativo "AFIP-DGI - Movimiento de Granos" que genera el formulario de Declaración Jurada 181, el cual deben utilizar los operadores de granos, con el objeto de suministrar la información referida a los formularios respaldatorios de sus operaciones y traslado de granos, utilizados, extraviados y vencidos, registren o no operaciones en el período.

miércoles, 23 de mayo de 2012

Declaración Jurada Informativa Cuatrimestral Monotributo

Los contribuyentes Monotributistas empleadores y los que se encuentren en alguna de las Categorías F, G, H, I, J, K, o L están obligados a presentar ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la Declaración Jurada Cuatrimestal de Monotributo, tanto para los que realizan locaciones y/o prestaciones de servicios, como para los que realizan Venta de bienes muebles, en la cual deben informar las  operaciones con los principales clientes y proveedores, sobre el alquiler del local comercial o del vehículo de transporte, entre otros datos.

martes, 22 de mayo de 2012

Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria

La Resolución 302/2012 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca (SAGPyA) del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación crea el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria y reemplaza al mismo Registro creado en la Resolución 7953/08 por la ex Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (ONCCA).

Para la inscripción en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria, se deberá completar y presentar los Formularios de Inscripción que tienen carácter de Declaración Jurada en la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca (SAGPyA), previo pago de los aranceles de inscripción.


Deberán inscribirse en el Registro las personas físicas y/o jurídicas que intervengan en el comercio y/o industrialización de las cadenas agroalimentarias de los siguientes mercados: 
1. Lácteos, sus productos, subproductos y/o derivados. 
2. Granos, sus productos, subproductos y/o derivados. 

3. Ganados y carnes, sus productos y subproductos de las especies bovina, ovina, porcina, equina y caprina.

4. Avícolas.
5. Frutícola.


Los formularios para la Inscripción en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria se deberán presentar ante la Coordinación de Mesa de Entradas y Notificaciones de la Dirección de Despacho y Mesa de Entradas de la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

jueves, 10 de mayo de 2012

Recategorización Monotributo

El 21 de Mayo de 2012 vence el plazo para que los contribuyentes Monotributistas efectúen la recategorización cuatrimestral sobre la base de los ingresos brutos acumulados, de la energía eléctrica consumida y de los alquileres devengados entre Mayo de 2011 y Abril de 2012, junto con la superficie afectada a la actividad que realizan al 30 de Abril de 2012.

Los parámetros establecen los límites para cada categoría, tanto para los que realizan locaciones y/o prestaciones de servicios, como para los que realizan ventas de bienes muebles. De esta manera quedan formadas las distintas categorías según la actividad desarrollada:



viernes, 4 de mayo de 2012

Convenio Multilateral: Aplicación de Nuevos Coeficientes

El vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada correspondiente al período fiscal 2011 –Formulario CM05- operará el 29 de Junio del año 2012, sin perjuicio de aplicar el coeficiente unificado y determinar las bases imponibles jurisdiccionales según lo establecido en los artículos 69 y 70 de la Resolución General Nº 2/2010 (Com. Arbitral Convenio Multilateral).

Esta resolución establece que, a partir del cuarto anticipo de Convenio Multilateral, cuyo vencimiento comienza desde el 14 de Mayo de 2012 (según el último dígito verificador del Número de Inscripción en la Comisión Arbitral), deberán aplicarse los nuevos coeficientes unificados y realizarse los ajustes de los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2012.

Se aplicará el coeficiente que surge de los ingresos y gastos del último balance cerrado en el año calendario inmediato anterior o ingresos y gastos determinados en el año calendario inmediato anterior (para el caso que no confeccione balance), según corresponda.


¿Qué es el Convenio Multilateral?