jueves, 21 de marzo de 2013

Declaración Jurada Anual Ingresos Brutos Arba

A partir del 25 de Marzo de 2013 comienza a vencer el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual de los contribuyentes pertenecientes al régimen de pago mensual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires correspondiente al período fiscal 2012.


El vencimiento de la obligación -según la terminación del Dígito Verificador de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del responsable- se detalla en el siguiente cronograma:




Integran el régimen de pago mensual: 


|- Los contribuyentes cuyo inicio de actividades se hubiera producido durante el año 2012;
|- Los contribuyentes directos que tributaron por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires, con ingresos totales anuales -gravados, no gravados y exentos- correspondientes al año anterior -2011- que superaron la suma de 300 mil pesos;
|- Los contribuyentes que no hubieran sido incluidos en el sistema de liquidación de anticipos por parte de la Autoridad de Aplicación - prestadores de servicios jurídicos bajo el código de actividad 741101-.


Es importante destacar que desde el 1° de Enero de 2013 todos los contribuyentes directos que tributen por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la provincia de Buenos Aires que revistan el carácter de Responsables Inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) -fecha desde la cual rige la Resolución Normativa 53/12 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)- deberán cumplir con la obligación de presentar las Declaraciones Juradas Mensuales de Ingresos Brutos generadas mediante el aplicativo correspondiente y su posterior presentación en la página web de la Agencia de Recaudación.

Por AMI Consultora Contable
|Todos los Derechos Reservados|    

No hay comentarios.:

Publicar un comentario