A partir del 25 de Marzo de 2013 comienza a vencer el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual de los contribuyentes pertenecientes al régimen de pago mensual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires correspondiente al período fiscal 2012.
El vencimiento de la obligación -según la terminación del Dígito Verificador de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del responsable- se detalla en el siguiente cronograma:
Integran el régimen de pago mensual:
Es importante destacar que desde el 1° de Enero de 2013 todos los contribuyentes directos que tributen por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la provincia de Buenos Aires que revistan el carácter de Responsables Inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) -fecha desde la cual rige la Resolución Normativa 53/12 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)- deberán cumplir con la obligación de presentar las Declaraciones Juradas Mensuales de Ingresos Brutos generadas mediante el aplicativo correspondiente y su posterior presentación en la página web de la Agencia de Recaudación.
Por AMI Consultora Contable
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