El próximo 30 de
Septiembre de 2016 opera el vencimiento para que los productores
agropecuarios informen las existencias que poseían al 31 de Agosto, de
los granos no destinados a la siembra -cereales y oleaginosos- y
legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas- de propia producción.
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La Resolución General 2750/10 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), estableció un Régimen
de Información respecto de la Existencia de Granos No Destinados a la
Siembra -cereales y oleaginosas- y Legumbres Secas -porotos, arvejas y
lentejas- de propia producción y de la Capacidad de Producción de
los contribuyentes que desarrollen la actividad agrícola -ya sea
mediante la explotación de inmuebles rurales, propios o de terceros,
bajo alguna de las formas establecidas por la Ley de Arrendamientos y
Aparcerías Rurales, u otras modalidades-.