miércoles, 4 de marzo de 2015

Control Fiscal Agropecuario ARBA

Los propietarios de inmuebles rurales en Provincia de Buenos Aires, cuya superficie total -considerada de manera individual o conjunta- sea igual o mayor a las 50 (cincuenta) hectáreas están obligados a presentar una Declaración Jurada Anual llamada Control Fiscal Agropecuario con vencimiento el próximo 13 de Marzo de 2015.
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En este Régimen de Información -establecido por la Resolución Normativa 32/08 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)- se deberá informar los datos relacionados a la actividad económica desempeñada en el inmueble durante el año 2014. Para ello es necesario acceder con Clave de Identificación Tributaria (CIT) a la página web de ARBA e ir completando los datos requeridos en la aplicación. También se puede consultar si la partida inmobiliaria está obligada a presentarlo (consulta).


lunes, 2 de marzo de 2015

Régimen de Información de Silobolsas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) por medio de la Resolución General 3745/15, implementa un nuevo régimen de información, que deberán cumplir los fabricantes y proveedores de Silo Bolsa, y dispone un régimen especial para la emisión de comprobantes electrónicos respaldatorios de las operaciones de compraventa que realicen estos sujetos.
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Régimen de Información de Operaciones

El régimen informativo comprende las operaciones de venta de bolsas plásticas para el almacenamiento de grano -Silo Bolsa-, realizadas a partir del día 1 de Octubre de 2014, que deberán cumplirlo fabricantes, revendedores o intermediarios de tales bienes, ya sea que los vendan a nombre propio o por cuenta de terceros.
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La información relativa a las operaciones comprendidas, deberá suministrarse hasta el día 15 (quince) del mes siguiente al período a informar, mediante la transferencia electrónica de datos ingresando con clave fiscal en la página Web de AFIP al servicio "Silo Bolsa - Informantes".  Cuando no se realicen operaciones durante algún período se informa Sin Movimiento.
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La obligación de informar las operaciones efectuadas durante el período comprendido entre los días 1 de Octubre de 2014 y el 28 de Febrero de 2015, ambos inclusive, deberá formalizarse hasta el día 30 de Abril de 2015. El incumplimiento -parcial o total- de este régimen será pasible de las sanciones previstas en la Ley de Procedimiento.
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Los datos suministrados mediante este procedimiento tienen carácter de Declaración Jurada, por lo que el Organismo controlará la veracidad e integridad de la información proporcionada -incluso mediante fiscalizaciones presenciales y electrónicas- respecto de los datos contenidos en las declaraciones juradas determinativas e informativas correspondientes a los impuestos y regímenes a su cargo, tanto presentadas por los sujetos alcanzados por la obligación, como por terceros.

jueves, 26 de febrero de 2015

AFIP: Informe producción de Trigo

Hasta el 28 de Febrero hay plazo para informar la producción total de Trigo correspondiente a la campaña agrícola 2014-2015 según la Resolución General 3342/12 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), vigente desde Junio de 2012, que implementó este Régimen de Información -abarcando la producción de girasol, maíz, trigo y soja-.
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Deberán cumplirlo obligatoriamente los productores cuya actividad -principal o complementaria- sea la obtención de trigo mediante la explotación de inmuebles rurales -ya sea propio, de terceros y/u otra modalidad establecida en la Ley de Arrendamientos y Aparcerías Rurales-. Se deberá cumplir con el Régimen de Información independientemente del destino que le sea conferido a los granos una vez cosechados.



lunes, 23 de febrero de 2015

Vencimientos Inmobiliario Rural ARBA

Finalmente la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) publicó la Resolución Normativa 8/15 en la que prorroga los vencimientos para el pago de las cuotas del Impuesto Inmobiliario Rural y del Impuesto Inmobiliario Complementario -todas las plantas- correspondiente al año 2015.
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Recordamos que originalmente ARBA había establecido el cronograma para el pago de las obligaciones con fechas distintas respecto de las establecidas en años anteriores, de modo que para las cuotas del Inmobiliario Rural, en el mes de Julio ya terminaba el plazo para el pago de la tercer cuota.

Con la reciente resolución se modifican los plazos para el ingreso de las Cuotas 1, 2 y 3 del Impuesto Inmobiliario Rural, y de las Cuotas 2 y 3 del Impuesto Inmobiliario Complementario -correspondiente a todas las Plantas-, de acuerdo con el siguiente cronograma:
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jueves, 12 de febrero de 2015

Declaración Jurada Anual Ingresos Brutos BA

Desde el 1 de Abril de 2015 comienza a vencer el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires correspondiente al período fiscal 2014, para los Contribuyentes del régimen de pago mensual (Contribuyentes Directos) y para los Contribuyentes incluidos en el padrón Arbanet.
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El plazo para que los contribuyentes que tributen por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires, presenten la Declaración Jurada Anual -según la terminación del Dígito Verificador de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del responsable-, es el siguiente: 

martes, 3 de febrero de 2015

Ingresos Brutos BA Nuevo Procedimiento: Más Actividades

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), continua con la incorporación gradual de actividades al mecanismo web de presentación de Declaraciones Juradas y pagos por parte de los Contribuyentes Directos que tributan por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires. La quinta etapa comenzará en Marzo de 2015, fecha en la cual operará el vencimiento del anticipo correspondiente al mes Febrero de 2015 según lo establecido en la Resolución Normativa 6/15. También incorpora a los contribuyentes excluidos del Régimen de Liquidación Administrativa de Anticipos -Arbanet- cualquiera sea la actividad.



La Resolución Normativa 41/13 (ARBA) aprobó la implementación de un nuevo procedimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas por parte de los contribuyentes directos que tributan por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. El procedimiento es aplicado para la generación y envío de Declaraciones Juradas -originales y/o rectificativas- mensuales y/o anuales, así como también para efectuar los pagos que les corresponden, sus intereses y multas. 
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Recordamos que esta modalidad no alcanza a los contribuyentes comprendidos en el régimen de liquidación administrativa de anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -Arbanet-, así como tampoco a los que se encuentren en el régimen de Convenio Multilateral.