La Unidad de Coordinación y Evaluación de Subsidios al Consumo Interno (UCESCI) había establecido un Régimen de Información de las Existencias de Maíz a los efectos de determinar el total del saldo exportable de la cosecha 2011/2012.
Dada la cantidad de productores que al 15/06/2012 no habían finalizado su cosecha, se resolvió extender el plazo de presentación de declaraciones juradas, razón por la cual se deberá presentar el Formulario D. (Formularios A, B y C).
El Formulario D consta de dos modalidades:
1. Formulario D – Productores: Deberán completarlo los productores que hayan cosechado total o parcialmente maíz entre el 16/06/2012 y el 15/08/2012. Se definen como productores a aquellos que realicen actividades de cosecha de maíz y comercialicen su producción únicamente en el mercado interno. Los productores pueden ser personas físicas y/o razones sociales.
2. Formularios D – Exportadores / Acopiadores: Será utilizado por los exportadores y/o acopiadores, es decir, por aquellos que realizan actividades de exportación de maíz y están inscriptos como tales ante el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, y por todos los acopiadores. En ambos casos, se puede contar con producción propia de maíz. El formulario reflejará las existencias al 15/08/2012 y los movimientos entre el 16/06/2012 y el 15/08/2012: compras, ventas, embarques, cosecha propia, etc.
Los productores deben declarar lo cosechado entre el 16/06/2012 y el 15/08/2012 y los exportadores las existencias al 15/08/2012. El plazo de presentación vence el 23 de agosto de 2012.
Datos a Informar Productores:
1. Datos personales del Declarante: Cuit; Nombre y Apellido (si es una persona física) o Razón Social (en caso de ser persona jurídica); Domicilio, Código Postal, Teléfono, Localidad, Partido y Provincia.
2. El total de toneladas cosechadas entre el 16/06/2012 y el 15/08/2012 ( si dicha producción fue vendida o no, total o parcialmente, en el mercado interno), clasificando las mismas por tipo (maíz -genérico-, maíz pisingallo, maíz Flint y maíz forrajero) y por uso (para autoconsumo y/ó para comercialización), detallando las toneladas en cada uno.
Importante:
En el Formulario D - Productores solo debe incluir el total cosechado entre el 16/06/2012 y el 15/08/2012 del corriente año y no las existencias al 15/08/2012.
Si el productor cosechó maíz con anterioridad al 16/06/2012, esas toneladas no deben ser declaradas en el Formulario D - Productores, ya que dichas toneladas debieron formar parte de las declaraciones de los formularios A, B y/o C, de acuerdo a las fechas de cosecha. (ver información)
En el caso de que un productor haya realizado cosechas anteriores al 16/06/2012, y no haya presentado ninguno de los formularios
A, B y/o C, deberá presentar una nota dirigida a maíz@ucesci.gob.ar indicando en la misma la cantidad cosechada con anterioridad. No puede presentar los formularios A, B y/o C porque dichas presentaciones están cerradas.
La presentación puede realizarse en papel o por internet.
Para la presentación en papel: debe completarse el formulario de Registración Física de Tenencia de Maíz (Formulario D - Productores) y entregarlo personalmente en la Mesa de Entradas de la UCESCI o en las oficinas-delegaciones del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación del interior del país.
La presentación vía Internet, se realiza en línea, a través del sitio web de la UCESCI, ingresando el CUIT y la cave fiscal de AFIP del solicitante (debe disponer de clave fiscal nivel de seguridad 2).
Para rectificar un formulario se deberá presentar una nota firmada (por quien envió el formulario) explicando detalladamente el error cometido y su corrección. El plazo para presentar las mismas vence el 28 de Agosto de 2012. La nota puede ser presentada en cualquiera de las mesas de entradas y/o escaneada enviando la misma por e-mail a maiz@ucesci.gob.ar.
Por AMI Consultora Contable
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