martes, 26 de febrero de 2013

AFIP: Informe producción de Trigo


El 28 de Febrero vence el plazo para informar la producción total de Trigo correspondiente a la campaña agrícola 2012-2013 según lo establece la Resolución General 3342/12 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) vigente desde Junio de 2012 que estableció la implementación de este nuevo Régimen de Información -abarca la producción de girasol, maíz, trigo y soja-.


Deberán cumplirlo obligatoriamente los productores cuya actividad -principal o complementaria- sea la obtención de trigo mediante la explotación de inmuebles rurales -ya sea propio, de terceros y/u otra modalidad establecida en la Ley de Arrendamientos y Aparcerías Rurales-. Se deberá cumplir con el Régimen de Información independientemente del destino que le sea conferido a los granos una vez cosechados.

La información relativa a la campaña deberá suministrarse mediante la transferencia electrónica de datos ingresando con clave fiscal en la página Web de AFIP al servicio “Productores Agrícolas - Capacidad Productiva”, "Información de Producción de Granos obtenida de Trigo". 

lunes, 18 de febrero de 2013

Declaración Jurada Anual Arbanet


Desde el 25 de Febrero de 2013 comienza el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Régimen de pre-liquidación online de anticipos mensuales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires -Arbanet- correspondiente al período fiscal 2012.


El cronograma de vencimiento de la obligación, según la terminación del Dígito Verificador de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, es el siguiente:



Están incluidos en la liquidación administrativa de anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -Arbanet- aquellos contribuyentes directos que tributaron por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires, con ingresos totales anuales -gravados, no gravados y exentos- correspondientes al año anterior -2011- que no superaron la suma de 300 mil pesos y que se encontraban en el padrón de Arbanet. 

jueves, 14 de febrero de 2013

AFIP Fiscalización Electrónica: Control Soja


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) está notificando procedimientos de Fiscalización Electrónica -implementada a través de la Resolución General  3416/12- a productores agrícolas que según la información con la que cuenta el organismo poseen existencias de granos de soja al 30 de Enero del corriente año. Para contestar el Requerimiento Fiscal Electrónico se le da a los responsables un plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas -a partir de recibida la notificación- a efectos de ratificar o rectificar las existencias.


Para dar cumplimento a la Fiscalización es necesario ingresar al sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), con Clave Fiscal -Nivel de Seguridad 2- y adherir el servicio interactivo “Fiscalización Electrónica". Una vez incorporada la nueva relación aparecerá en el listado de servicios activos desde donde se podrá consultar el Requerimiento Fiscal Electrónico.




Accediendo a la opción "Cumplimiento de Requerimiento Fiscal Electrónico" e ingresando el número de fiscalización electrónica el contribuyente podrá contestar en línea el Requerimiento, así como también adjuntar en formato pdf la prueba documental que considere necesaria. La información remitida tendrá el carácter de declaración jurada. 

martes, 5 de febrero de 2013

Régimen de Información Tenencia Física de Trigo 2013


Entre el 1 y el 15 de Febrero de 2013 hay plazo para la presentación del Régimen de Información de las Existencias de Trigo Pan al 31 de Enero de 2013 establecido por la Unidad de Coordinación y Evaluación de Subsidios al Consumo Interno (UCESCI).

De esta manera, las personas físicas y/o jurídicas que posean existencias de Trigo Pan condición Estándar y/ó Trigo Pan condición Fuera de Estándar al día 31 de Enero de 2013 deberán presentar un formulario con carácter de Declaración Jurada. La tenencia física de trigo a la que se refiere el Régimen de Información comprende a todo el trigo disponible -sea de la cosecha 2012/2013 como de cosechas anteriores-.


Deberán completar los formularios los propietarios del grano -tengan o no la existencia en sus depósitos propios- y aquellos no propietarios tenedores de existencia física del grano de terceros -depositarios-.

Formularios:

|- Quienes dispongan de existencias físicas de Trigo Pan condición Estándar deberán completar y presentar el Formulario A.
|- Quienes dispongan de existencias físicas de Trigo Pan condición Fuera de Estándar deberán completar y presentar el Formulario B.
Los declarantes que dispongan de existencias físicas tanto de Trigo Pan condición Estándar como de Trigo Pan condición Fuera de Estándar deberán completar y presentar ambos formularios -A y B-, es decir, realizar dos declaraciones juradas.