sábado, 18 de mayo de 2013

Nuevos Aranceles Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria


Mediante la Resolución 414/13 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca (SAGPyA) del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (MAGyP), se incrementaron los importes de los aranceles para la inscripción o reinscripción en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria (RUCA) a partir del 18 de Mayo de 2013.


La Resolución 302/12 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca (SAGPyA), vigente desde Mayo de 2012, creó el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria. Deben inscribirse en este Registro Único, las personas físicas y/o personas jurídicas que intervengan en el comercio y/o industrialización de las cadenas agroalimentarias de los mercados: (Mayor detalle de composición de mercados)
1. Mercado de Lácteos, sus productos, subproductos y/o derivados. 
2. Mercado de Granos, sus productos, subproductos y/o derivados. 
3. Mercado de Ganados y carnes, sus productos y subproductos de las especies bovina, caprina, equina, ovina, porcina y avícola.
4. Mercado Avícola.

Para la inscripción en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria (RUCA), se deberá completar y presentar los Formularios de Inscripción que tienen carácter de Declaración Jurada en la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca (SAGPyA), previo pago de los aranceles de inscripción.


Inscripción:
Es necesario ingresar al sitio Web implementado por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (www.rucca.minagri.gob.ar), accediendo al sistema de Inscripción de Operadores -para lo cuál se debe contar con una cuenta-. A través de esta página, se podrá generar la boleta de pago de algunos de los aranceles de las actividades con las que se quiere inscribir el operador, efectuar un seguimiento de los trámites iniciados y hasta emitir el certificado de inscripción en el RUCA.


El Formulario para la Inscripción en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria (RUCA) -Anexo I Resolución 667/12- deberá presentarse en la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca (SAGPyA) del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (MAGyP) -junto con el comprobante del pago efectuado-, con la firma del titular que lo suscribe, certificado por el Organismo, por Escribano Público o por Juez de Paz.

Es necesario la constitución de un domicilio especial dentro del radio urbano de asiento del organismo en el cual tramite el expediente, el cual debe contener calle y número, o piso, número o letra del escritorio o departamento. Asimismo, aquellas categorías de operadores que necesariamente deben contar con un establecimiento o planta para el desarrollo de su actividad, deberán presentar en carácter de declaración jurada, el domicilio de dicho establecimiento o planta.


El término de vigencia de las inscripciones es de un año, contado a partir de la fecha de la resolución aprobatoria, y puede renovarse por un período de igual duración. A excepción de la categoría matadero-frigorífico que la vigencia de la inscripción (y renovación) es de seis meses.


En caso de producirse modificaciones, deberán ser informadas dentro de los 10 (diez) días hábiles de producidas, ante la Coordinación de Mesa de Entradas y Notificaciones de la Dirección de Despacho y Mesa de Entradas de la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, presentando el operador -con carácter de declaración jurada- el Formulario 05 del Anexo II de la Resolución 302/12 (MAGyP). 

Procedimiento Pago de Aranceles: (Aranceles)
Se abonarán los aranceles por actividad y por establecimiento. De acuerdo al tipo de arancel a abonar, se deberá efectuar uno de los siguientes procedimientos:


|- Para formularios y certificados, libros, verificación de caudalímetro, multas y conceptos varios: deberá generarse la Boleta con código de barras “Trámites Arancelados AFIP-OSIRIS -Formulario 6042-” en el sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), ingresando al servicio "ONCCA- Sistema Jauke, ONCCA-ON LINE, Otros Pagos”
|- Para el resto de los aranceles: deberá generarse la Boleta con código de barras “Formulario Convenio 8226”, en el sitio web del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, Subsección RUCA (www.ruca.minagri.gob.ar). 


En cualquiera de los casos, la boleta deberá generarse por duplicado, una para el solicitante y la otra para ser presentada ante la Dirección Nacional de Matriculación y Fiscalización de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca (SAGPyA) del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (MAGyP), junto con el comprobante del pago efectuado en cualquiera de las sucursales del Banco de la Nación Argentina. La Cuenta Recaudadora es la Cuenta Corriente Oficial 53.663/23 denominada “MAGP 5200/363 - AD. CTROL. COM. AGR - REC. F13”.

Situaciones Especiales:
|- En caso de denegatoria de inscripción, se producirá la caducidad del arancel abonado si transcurridos 6 (seis)  meses, contados desde la notificación de la resolución respectiva, el requirente no hubiere iniciado un nuevo trámite de inscripción (en caso que corresponda).
|- En caso de desistimiento de la inscripción de una actividad, el arancel abonado podrá ser imputado al pago correspondiente a otra actividad requerida por el mismo solicitante exclusivamente respecto del período anual originariamente abonado. La existencia de remanente no dará lugar a reembolso.
|- Se excluye del pago del arancel a:
     a) Los operadores cuyas funciones sean ejercidas como dependientes de la Administración Pública Nacional, los que deberán acreditar debidamente dicha circunstancia.
     b) Las cooperativas de trabajo que se organicen para la explotación de mataderos, frigoríficos recuperados, ello exclusivamente para la actividad de matadero.
     c) Los mataderos que sean explotados exclusivamente por municipios que no presten el servicio a través de concesionarios o terceros a cualquier título.


Por AMI Consultora Contable
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2 comentarios:

  1. No hay forma que el banco nación cobre la boleta, es la quinta vez que voy y no saben como cobrarme.

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    1. Consulta en el teléfono del Ministerio 0800 333 MAGYP (62497)

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