Terminología RUCA:
Plazos:
Las declaraciones juradas correspondientes al año 2013 deberán ser presentadas dentro de los 60 (sesenta) días de publicada la resolución -hasta Marzo-. Para el año 2014 -en adelante- se presentarán de manera bimestral según el siguiente cronograma:
Es necesario aclarar que en el caso de no poseer movimientos se deberá presentar el formulario con la leyenda “Periodo Sin Operaciones”.
Presentación:
Se deberán confeccionar las Declaraciones Juradas con un aplicativo que -según dice la norma- estará disponible en la página web del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación. En este aplicativo se cargarán los datos requeridos por cada mes correspondientes a las Materias Primas Utilizadas, las Existencias, los Productos Elaborados durante el período, la Venta de Productos Elaborados por Cuenta y Orden Propia y la Estimación de la Proyección de la Oferta.
Es necesario imprimir las Declaraciones Juradas por duplicado y generar un archivo desde el aplicativo. El original de la Declaración Jurada se debe presentar con firma certificada, en forma personal o por correo postal, en el Área de Recepción de Información, Venta y Archivo (RIVA) de la Dirección Nacional de Matriculación y Fiscalización de la SAGyP -sita en Azopardo 1.025 Piso Nº 1-, o la que en el futuro se indique. El archivo generado debe enviarse -sin alteraciones de ningún tipo- como dato adjunto en un correo electrónico a la dirección estadisticaslacteos@magyp.gob.ar, o la que en el futuro se indique.
Ante el incumplimiento en la presentación de la declaración jurada dentro del plazo estipulado, no se otorgará la renovación de inscripción en el Registro Único o, en su caso, se dispondrá la suspensión o cancelación de las inscripciones otorgadas.
Por AMI Consultora Contable
|Todos los Derechos Reservados|
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