viernes, 30 de enero de 2015

Cese Retroactivo Ingresos Brutos

Con la Resolución Normativa 3/15 la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) reglamenta el procedimiento para disponer de oficio o a pedido de parte interesada, el cese retroactivo de actividades de los sujetos inscriptos como contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
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El mecanismo alcanza a los contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos como así también a los sujetos adheridos a Convenio Multilateral con sede en la Provincia de Buenos Aires. La Agencia de recaudación podrá disponer el Cese de Oficio -que no implica el cese como contribuyente- para que el contribuyente regularice su situación y/o solicite el Cese definitivo.

jueves, 29 de enero de 2015

Ley Impositiva 2015 BA Inmobiliario Rural y Marcas

La Ley 14.653 -Impositiva 2015-, publicada en el Boletín Oficial el 19 de Diciembre de 2014, establece las alícuotas correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de Sellos, Inmobiliario, a los Automotores, a la Transmisión Gratuita de Bienes y los nuevos valores para los servicios que presten las reparticiones dependientes del Ministerio de Asuntos Agrarios para el período fiscal 2015 en la Provincia de Buenos Aires.

Marcas y Señales:
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Entre lo dispuesto por la Ley, se puede observar que se incrementan los costos de tramitación en el Departamento Registro Ganadero un 30% con respecto a los valores de 2014
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También se especifican importes para distintas habilitaciones en la Dirección Provincial de Fiscalización Agropecuaria y Alimentaria -Habilitación sanitaria de Establecimientos elaboradores y depósitos de productos Lácteos, de Establecimientos Apícolas, de Establecimientos Cunícolas, de Explotaciones Porcinas, de Establecimientos Avícolas-, así como para la realización distintos análisis en reparticiones del Ministerio de Asuntos Agrarios -Diagnóstico Bromatológico, Veterinarios, Bacteriológicos, Cárnicos, de Productos Lácteos, Bioquímicos-.(Todas las tasas M.A.A.)

martes, 27 de enero de 2015

AFIP: Productores Agrícolas - Informe de Cultivos de Verano

Hasta el 31 de Enero de 2015 los productores agropecuarios tienen plazo para informar la capacidad de producción de la superficie agrícola destinada a los cultivos de verano: algodón, arroz, girasol, maíz, maní, mijo, soja, sorgo, poroto y otros granos provenientes de cultivos de verano. 


En la Resolución General 2750/10 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), se estableció un Régimen de Información respecto de las Existencias de Granos No Destinados a la Siembra -cereales y oleaginosas- y Legumbres Secas -porotos, arvejas y lentejas- de propia producción y de la Capacidad de Producción de los contribuyentes que desarrollen la actividad agrícola mediante la explotación de inmuebles rurales -propios o de terceros, o bajo alguna de las formas establecidas por la ley de Arrendamientos y Aparcerías Rurales, u otras modalidades-.

jueves, 22 de enero de 2015

AFIP: Impuesto al Valor Agregado Web

Con la publicación de la Resolución General 3711/15, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispone un nuevo mecanismo Web para la determinación del Impuesto al Valor Agregado por parte de los responsables que efectúen ventas de bienes y servicios que por sus características no requieran el ingreso de datos específicos y/o particularidades vinculadas con determinados sujetos.
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Este nuevo método para la determinación del impuesto, así como la confección de la respectiva declaración jurada mensual resultarán de aplicación respecto de las declaraciones juradas -originales o rectificativas- que se presenten a partir del día 1 de Julio de 2015. No obstante, el procedimiento podrá ser utilizado en forma optativa por los sujetos alcanzados, para la confección de las declaraciones juradas -originarias o rectificativas- cuyos vencimientos operen a partir del primer día hábil del mes siguiente -Febrero 2015-.

viernes, 16 de enero de 2015

Declaración Jurada Cuatrimestral Monotributo - Enero 2015

Aquellos Monotributistas que -al finalizar el cuatrimestre- revistan la calidad de empleadores y/o se encuadren en alguna de las Categorías: F, G, H, I, J, K, o L, deberán presentar ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la Declaración Jurada Informativa Cuatrimestral de Monotributo, en la cual deben informar entre otros datos, las operaciones con los principales clientes y proveedores, sobre el local comercial o la energía eléctrica consumida.


Plazos:

La Declaración Jurada Informativa de Monotributo, referida a las operaciones realizadas entre los meses de Septiembre y Diciembre de 2014, deberá ser presentada en la página web de Afip, respetando los plazos fijados para su presentación según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del responsable:

miércoles, 7 de enero de 2015

Monotributo Recategorización Enero 2015

Los miembros del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes -Monotributistas- tienen plazo hasta el 20 de Enero de 2015 para realizar la recategorización cuatrimestral sobre la base de los ingresos brutos acumulados, de la energía eléctrica consumida y de los alquileres devengados entre Enero y Diciembre de 2014, junto con la superficie afectada a la actividad que realizan al 31 de Diciembre de 2014.
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Las diferentes categorías del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes -tanto para los que realizan locaciones y/o prestaciones de servicios, como para los que realizan ventas de bienes muebles-, quedan delimitadas por los parámetros establecidos


viernes, 2 de enero de 2015

Sistema Fiscal de Trazabilidad Animal de AFIP

En el mes de Julio de 2014 la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), por medio de la Resolución General 3649/14, creó el Sistema Fiscal de Trazabilidad Animal (SIFTA), estableció el Registro Fiscal de Operadores del Sistema de Trazabilidad Animal y dispuso un Régimen de Información de Trazabilidad Fiscal de Ganado Bovino. (Más detalle SIFTA
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|- A través del Sistema Fiscal de Trazabilidad Animal (SIFTA), el Fisco nacional contará con la identificación y la trazabilidad de todo el ganado -en principio bovino- existente en el territorio de la República Argentina. 
|- Con el Registro Fiscal de Operadores del Sistema de Trazabilidad Animal, las personas (físicas o jurídicas) que posean ganado bovino, estarán obligadas a inscribirse para ejercer derechos tributarios, efectuar registros transaccionales o gozar de ciertos beneficios, de acuerdo con lo previsto en las normas aduaneras, impositivas y/o de los recursos de la seguridad social.
|- Mediante el Régimen de Información de Trazabilidad Fiscal de Ganado Bovino, se suministrarán la información relacionada con movimientos físicos, ventas, transacciones con o sin cambio de titularidad, de animales bovinos identificados y registrados.
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La norma estableció como fecha de entrada en vigencia el 1 de Enero de 2015 para ganado bovino