lunes, 1 de junio de 2015

Monotributo: Aumento Importe de Obra Social

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incrementa los importes que se abonan al Sistema Nacional de Seguro de Salud y al Régimen Nacional de Obras Sociales para los adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes

A través de la Resolución General 3775/15, aumenta un 38.62% el valor de la cotización fija destinada a la Obra Social de los Monotributistas, pasa de los doscientos treinta y tres pesos ($233) que se abona actualmente, a trescientos veintitrés pesos ($323)

Según la actividad que desarrolle y la categoría en la que se encuentra el Pequeño Contribuyente, los nuevos importes quedan configurados de la siguiente manera:


Es importante destacar que el aumento comienza a aplicarse respecto de las cotizaciones previsionales a partir de Julio de 2015 y que es por cada beneficiario titular -y en caso de corresponder, por cada integrante del grupo familiar a cargo que esté incluido en la obra social-. Es decir, un Monotributista que abonaba de obra social $233 pasará a pagar por el mismo concepto $323, y abonará una suma igual por cada familiar que tenga a cargo. 

Recordamos que al momento de realizar la adhesión o modificación de Obra Social del Pequeño Contribuyente, deberá informar los datos de los integrantes del Grupo Familiar Primario, indicando su adhesión o no, a la Obra Social seleccionada por el titular; y notificarse de la obligatoriedad de presentar la Declaración Jurada de Salud ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) a los fines de determinar si padece alguna incapacidad al momento de su afiliación.



Por AMI Consultora Contable
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4 comentarios:

  1. Excelente información. Fijarse que en el último renglón creo que les quedó la cifra de $233, cuando ralmente iría la de $323. Saludos cordiales. Carlos

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  2. Gracias por la información, muy completa. Tengo una duda: que ocurre con el aumento si el monotributista es trabajador en relación de dependencia?. Muchas gracias. Ana

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    1. Hola Ana, los Monotributistas que simultáneamente se encuentren realizando una actividad en relación de dependencia están exceptuados de ingresar cotizaciones al régimen de la seguridad social y a obras sociales. Por lo tanto solo pagan el componente impositivo. Saludos

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