A partir del 1 de Noviembre de 2015, la Comisión Arbitral Convenio Multilateral (CA) reemplazará el Número Único de Inscripción (NUI), para los contribuyentes comprendidos en el régimen de Convenio Multilateral del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a efectos de simplificar y unificar los datos de los sujetos inscriptos.
Anteriormente se había adecuado las fechas de los vencimientos para la presentación y pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral en base al dígito verificador del número de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), en virtud de la decisión de utilizar el Número de CUIT como principal identificación de los contribuyentes de Convenio Multilateral.
Mediante la Resolución General 3/2015 (CA) se establece como única identificación para todos los contribuyentes de Convenio Multilateral, el Número de CUIT otorgado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), adicionando los dígitos asignados como Jurisdicción Sede.