Con la sanción de la Ley 27.346/16 se introducen cambios al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes -Monotributo-, entre otros, la reincorporación de la categoría A y la esperada actualización de los parámetros sobre los que se realiza la categorización de los contribuyentes. También incrementa los importes mensuales.
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La modificación alcanza el monto de ingresos brutos anuales y el monto de los alquileres devengados, no se realizaron correcciones en la superficie afectada ni energía eléctrica consumida. De esta manera, las diferentes categorías del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes -tanto para los que realizan locaciones y/o prestaciones de servicios, como para los que realizan ventas de bienes muebles-, quedan delimitadas por los nuevos parámetros establecidos:
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Los contribuyentes cuyos ingresos brutos anuales estén entre $822.500 y $1.050.000 (últimas tres categorías de ventas) podrán permanecer en el Régimen Simplificado, siempre y cuando, cumplan con la cantidad mínima de personal en relación de dependencia: 1 (un) empleado para la Categoría I; 2 (dos) empleados para la Categoría J y 3 (tres) empleados para la Categoría K.
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El incremento también afecta al valor que paga el contribuyente por el componente impositivo y el de la cotización previsional fija con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Los nuevos valores según la actividad -locaciones y/o prestaciones de servicios; o ventas de bienes muebles- y la categoría, son los siguientes:
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Novedades:
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Por AMI Consultora Contable
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Se eliminó el parámetro "precio unitario de venta máximo"?
ResponderBorrarHola Marcela, no, hasta el momento continúa el anterior de $2.500. Saludos
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