jueves, 30 de enero de 2014

Productores Agrícolas - Informe de Cultivos de Verano

Los productores agropecuarios tienen plazo hasta el 31 de Enero de 2014 para informar la capacidad de producción de la superficie agrícola destinada a los cultivos de verano: algodón, arroz, girasol, maíz, maní, mijo, soja, sorgo, poroto y otros granos provenientes de cultivos de verano. 


En la Resolución General 2750/10 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), se estableció un Régimen de Información respecto de las Existencias de Granos No Destinados a la Siembra -cereales y oleaginosas- y Legumbres Secas -porotos, arvejas y lentejas- de propia producción y de la Capacidad de Producción de los contribuyentes que desarrollen la actividad agrícola mediante la explotación de inmuebles rurales -propios o de terceros, o bajo alguna de las formas establecidas por la ley de Arrendamientos y Aparcerías Rurales, u otras modalidades-.

domingo, 26 de enero de 2014

Declaración Cuatrimestral de Monotributo Enero 2014

Los miembros del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes que -al finalizar el cuatrimestre- revistan la calidad de empleadores y/o se encuadren en alguna de las Categorías: F, G, H, I, J, K, o L, deberán presentar ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) del 27 al 31 de Enero de 2014, la Declaración Jurada  Informativa Cuatrimestral de Monotributo, en la cual deben informar entre otros datos, las operaciones con los principales clientes y proveedores, sobre el local comercial o la energía eléctrica consumida.




Plazos:
La Declaración de Monotributo Informativa, referida a las operaciones realizadas entre los meses de Septiembre y Diciembre de 2013, deberá ser presentada en la página web de Afip, respetando los plazos fijados para su presentación según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del responsable:


Ingresos Brutos 2014 BA

La Ley 14.553 -Impositiva 2014-, publicada en el Boletín Oficial en Diciembre de 2013, establece las alícuotas correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de Sellos, Inmobiliario, a los Automotores, a la Transmisión Gratuita de Bienes y los nuevos valores para los servicios que presten las reparticiones dependientes del Ministerio de Asuntos Agrarios para el período fiscal 2014 en la Provincia de Buenos Aires.



Al respecto mencionamos algunas de las diferentes alícuotas relacionadas con la actividad agropecuaria y los distintos tratamientos según situaciones especiales correspondientes al ejercicio fiscal 2014. (Inmobiliario Rural y Marcas)

martes, 14 de enero de 2014

Monotributo: Recategorízación Enero 2014

El próximo 20 de Enero vence el plazo para que los Monotributistas realicen la recategorización cuatrimestral sobre la base de los ingresos brutos acumulados, de la energía eléctrica consumida y de los alquileres devengados entre Enero y Diciembre de 2013, junto con la superficie afectada a la actividad que realizan al 31 de Diciembre de 2013.

Las diferentes categorías del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes -tanto para los que realizan locaciones y/o prestaciones de servicios, como para los que realizan ventas de bienes muebles-, quedan delimitadas por los parámetros establecidos:




Teniendo en cuenta los diferentes parámetros, el contribuyente debe encuadrarse en alguna de estas categorías. De exceder alguno de ellos, el responsable tendrá que avanzar hacia una categoría superior con la consiguiente suba en el monto del impuesto mensual a pagar. Del mismo modo, puede ocurrir que baje de categoría y de manera conjunta el monto a pagar mensualmente. En otras palabras, cuando alguno de los parámetros sean superiores o inferiores a los delimitados en la categoría en la que se encuentra el contribuyente actualmente, deberá realizarse la recategorización. Es necesario aclarar también, que si no se registra ningún cambio con respecto a la categoría en la que se encuentra, no deberá realizarse la modificación.

viernes, 27 de diciembre de 2013

Ley Impositiva 2014 BA Inmobiliario Rural y Marcas

La Ley 14.553 -Impositiva 2014-, publicada en el Boletín Oficial el 24 de Diciembre de 2013, establece las alícuotas correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de Sellos, Inmobiliario, a los Automotores, a la Transmisión Gratuita de Bienes y los nuevos valores para los servicios que presten las reparticiones dependientes del Ministerio de Asuntos Agrarios para el período fiscal 2014 en la Provincia de Buenos Aires.

Entre lo dispuesto por la Ley, se puede observar que se incrementan los costos de tramitación en el Departamento Registro Ganadero un 20 % con respecto a los valores de 2013. 
También se especifican importes para distintas habilitaciones en la Dirección Provincial de Fiscalización Agropecuaria y Alimentaria -Habilitación sanitaria de Establecimientos elaboradores y depósitos de productos Lácteos, de Establecimientos Apícolas, de Establecimientos Cunícolas, de Explotaciones Porcinas, de Establecimientos Avícolas-, así como para la realización distintos análisis en reparticiones del Ministerio de Asuntos Agrarios -Diagnóstico Bromatológico, Veterinarios, Bacteriológicos, Cárnicos, de Productos Lácteos, Bioquímicos-.(Todas las tasas M.A.A.)

Inmobiliario Rural:

martes, 10 de diciembre de 2013

Nuevo Clasificador de Actividades Económicas

La Resolución General 3537/13 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), estableció un Nuevo Clasificador de Actividades Económicas (CLAE), el cual se utiliza para la clasificación y codificación de las actividades que desarrollan los contribuyentes, que se encuentra vigente desde el 1 de Noviembre de 2013.


El nuevo Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) - Formulario N° 883 reemplaza al anterior Nomenclador de Actividades - Formulario N° 150, para ello la AFIP ha realizado de oficio la conversión automática de actividades económicas y así adaptarlas a la nueva codificación. A través de la página web del organismo se puede consultar si dicha modificación se ha realizado o no. (Consultar)


En el caso de observar que no se ha efectuado la conversión automática del código de actividad, los contribuyentes y/o responsables deberán ingresar con Clave Fiscal al sitio web de AFIP y a través del servicio Sistema Registral realizar la modificación que corresponda. A tal efecto, se han fijado fechas limites para realizar el empadronamiento, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del responsable: