A través de la Disposición 01/2014, la Unidad de Coordinación y Evaluación de Subsidios al Consumo Interno (UCESCI) establece las condiciones para el funcionamiento del Fideicomiso que tiene por objeto la transferencia a los productores de los recursos obtenidos por el Estado Nacional a través del producto de los derechos de exportación de trigo y sus derivados para la cosecha 2013/2014. (Más Información)
Entre el 1 y el 19 de Febrero de 2014, deberán presentar una Declaración Jurada todas aquellas personas físicas y/o jurídicas que hayan producido trigo en la campaña 2013/2014 y/o posean stock de trigo y/o harina de trigo al 31 de Enero de 2014 -ya sean acopiadores, exportadores, industrias, molinos harineros, usuarios de molienda, molinos de trigo u otros-. La tenencia física de trigo a la que se refiere el Régimen de Información comprende a todo el trigo disponible -sea de la cosecha 2013/2014 como de cosechas anteriores-. En el caso de las harinas comprende la producción de harinas entre el 1 de Octubre de 2013 y el 31 de Enero de 2014 y las existencias al 31 de Enero de 2014.
La presentación de esta Declaración Jurada -en tiempo y forma- por parte de los Productores implica su adhesión al Contrato de Fideicomiso de Trigo en calidad de Beneficiario, lo que le permitirá acceder al Certificado de Estímulo a la Producción Agropecuaria Argentina (CePaGa), mediante el cual se efectivizarán los pagos que se realicen en el futuro (Los pagos se realizarán en fechas a determinar y hasta que finalice la recaudación por parte del Estado Nacional de los derechos por las exportaciones de trigo y sus derivados de la cosecha 2013/2014).







