Desde el 15 de Marzo de 2014 los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y los Agentes de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires deberán utilizar en forma obligatoria el Domicilio Fiscal Electrónico -Resolución Normativa 7/14 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)- que les permitirá tomar conocimiento de los avisos, citaciones, intimaciones de pago, notificaciones y comunicaciones en general que el Organismo les remita.
Para estos casos, el primer acceso a la aplicación deberá concretarse obligatoriamente dentro de un plazo de 30 (treinta) días contados a partir del 15 de Marzo. En tanto que los contribuyentes de los Impuestos Inmobiliario y/o a los Automotores/Embarcaciones, no alcanzados inicialmente por la obligatoriedad, podrán constituir voluntariamente el Domicilio Fiscal Electrónico (Adhesión Voluntaria).





