martes, 28 de julio de 2015

Estímulo al Pequeño Productor de Granos Fase 2.0

Por medio de la Resolución 615/2015 del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación, se crea en el ámbito de la Secretaría de Comercio el Programa de Estímulo al Pequeño Productor de Granos Fase 2.0, destinado a otorgar compensaciones económicas a aquellos pequeños productores que hubieren obtenido hasta un total acumulado de 1.000 toneladas de trigo, soja, maíz y/o girasol -de manera indistinta- en el territorio de la República Argentina, en la campaña 2013/2014. Este programa es continuación del creado por la Resolución 126/15 en Marzo de 2015. (Más Información)
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Para acceder al beneficio contemplado por el Programa de Estímulo al Pequeño Productor de Granos Fase 2.0, los interesados deberán completar una Declaración Jurada por la cosecha 2013/2014 antes del 30 de Octubre de 2015. El Programa será de aplicación para el período comprendido entre los meses de Julio a Diciembre de 2015, pudiendo ser prorrogado.
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Beneficiarios:


Podrán ser beneficiarios del Programa las personas físicas o jurídicas que hubieren producido trigo y/o soja y/o maíz y/o girasol en el territorio de la República Argentina, y que cumplan con los siguientes requisitos:
|- Haber producido por un volumen de hasta 1.000 toneladas acumuladas en la cosecha 2013/2014, tomando como base de cálculo lo producido en forma individual por la persona física o jurídica que solicitare el beneficio, independientemente de la cantidad de establecimientos rurales que explote, sean propios o de terceros.
|- Encontrarse inscripto en la nómina de productores de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
|- Encontrarse debidamente inscripto en la página web de la Secretaría de Comercio y haber enviado la Declaración Jurada antes del 30 de Octubre de 2015.

martes, 21 de julio de 2015

Nuevo Controlador Fiscal Homologado

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la Resolución General 3792/15, homologa un equipo para cumplir con el régimen de emisión de comprobantes por medio de Controlador Fiscal vigente desde Abril de 2014.
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Los contribuyentes y responsables, deberán utilizar el equipamiento electrónico -Controlador Fiscal- homologado por AFIP, para procesar, registrar, emitir comprobantes y conservar los datos de interés fiscal en respaldo de las operaciones que se generan como consecuencia de la compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y obras y las señas o anticipos que congelen el precio, en los casos, formas y condiciones que se establecen en la Resolución General 3561/13 (AFIP).
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Ese es el caso del controlador fiscal homologado con esta resolución general, cuyas características son las siguientes:
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Marca: Hasar 
Modelo: SMH/P-340 F Versión: 01.00 
Código Asignado: HAB 
Empresa Proveedora: Compañia Hasar S.A.I.C. CUIT: 30-61040056-2 
TIPO DE EQUIPO: Impresora Fiscal 
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La homologación tendrá una validez de 5 (cinco) años contados a partir del día de la publicación de la presente en el Boletín Oficial.

viernes, 10 de julio de 2015

AFIP: Consultas Web

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó un nuevo canal de consultas, reemplazando a la cuenta de mail mayuda@afip.gob.ar. Esta nueva herramienta permite generar la presentación de una Consulta Web desde la página oficial del Organismo.
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El mismo se encuentra disponible en el sitio Web Institucional de AFIP al que se puede acceder a través del banner ¨Consultas Web ¨ o bien ingresando en el enlace Consultas.
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Consta de tres pasos, en los cuales además de la consulta que se realiza, hay que completar un formulario con los datos de contacto, a que tema se refiere junto con la posibilidad de adjuntar archivos y la confirmación de los datos cargados.
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En caso de que la consulta abarque más de una temática, se deberá efectuar un ingreso por cada una de ellas. Es decir, si se requiere consultar varios temas, habrá que generar un formulario por cada asunto que se consulte.

jueves, 25 de junio de 2015

Registro de Usuarios de Semilla de Soja y de Trigo

En el año 2007, por medio de la Resolución 80 del Instituto Nacional de Semillas (INASE), órgano descentralizado del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, se creó el Registro de Usuarios de Semillas de Soja y Trigo destinado a personas físicas o jurídicas que utilicen para la siembra de su producción de grano, semilla de soja y/o trigo cualquiera sea su origen.


A través de ella, se generó la obligación de presentar una Declaración Jurada con Información y documentación sobre el origen de la semilla utilizada tanto de soja como de trigo, para todos aquellos usuarios cuyo volumen de producción de grano superara las 2.000 Tn (dos mil toneladas). 

Se estableció el vencimiento para las campañas
|- 31 de Enero de cada año para Trigo; y 
|- 30 de Junio de cada año para Soja.

miércoles, 10 de junio de 2015

Declaración Jurada Anual Convenio Multilateral

El 30 de Junio de 2015 vence el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los sujetos comprendidos en el régimen de Convenio Multilateral, correspondiente al período fiscal 2014 -Formulario CM05-, sin perjuicio de aplicar el coeficiente unificado y determinar las bases imponibles jurisdiccionales según lo establecido en los artículos 78 y 79 de la Resolución General Nº 1/2013 de la Comisión Arbitral Convenio Multilateral (CA). 
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Esta última resolución es la que dispone que a partir del cuarto anticipo de Convenio Multilateral deben aplicarse los nuevos coeficientes unificados -que surgirá de los ingresos y gastos del último balance cerrado en el año calendario inmediato anterior o ingresos y gastos determinados en el año calendario inmediato anterior (para el caso que no confeccione balance), según corresponda- y realizarse los ajustes de los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2015
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Mediante la Resolución General 8/2013 de la Comisión Arbitral, se estableció que el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada Anual correspondiente al período fiscal 2014 -Formulario CM05- operará el 30 de junio del 2015.

lunes, 1 de junio de 2015

Monotributo: Aumento Importe de Obra Social

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incrementa los importes que se abonan al Sistema Nacional de Seguro de Salud y al Régimen Nacional de Obras Sociales para los adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes

A través de la Resolución General 3775/15, aumenta un 38.62% el valor de la cotización fija destinada a la Obra Social de los Monotributistas, pasa de los doscientos treinta y tres pesos ($233) que se abona actualmente, a trescientos veintitrés pesos ($323)

Según la actividad que desarrolle y la categoría en la que se encuentra el Pequeño Contribuyente, los nuevos importes quedan configurados de la siguiente manera: