Mediante la Resolución Normativa de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) 8/2012 se prorroga hasta el 31 de Marzo de 2012 la vigencia de los Regímenes de Regularización de Deudas, según el siguiente detalle:
- Régimen de regularización para deudas del impuesto sobre los Ingresos Brutos, de Sellos, Inmobiliario y Automotores, vencidas o devengadas al 31/12/2010, establecida en la Resolución Normativa 41/2011.
- Régimen de regularización para deudas del impuesto sobre los Ingresos Brutos y de Sellos en proceso de fiscalización, de determinación o en discusión administrativa, aun las que se encuentren firmes y hasta el inicio de las acciones judiciales respectivas, establecida en la Resolución Normativa 42/2011.
- Un Régimen de facilidades de pago del impuesto sobre los Ingresos Brutos, de Sellos, Inmobiliario y a los Automotores que se encuentren en instancia de ejecución judicial, establecida en la Resolución Normativa 43/2011.
- Régimen de regularización para deudas del impuesto sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, correspondientes a los agentes de recaudación provenientes de retenciones y/o percepciones no efectuadas, establecida en la Resolución Normativa 44/2011.
En efecto, esto quiere decir que pueden regularizarse por medio del presente régimen las deudas de los impuestos inmobiliario, a los automotores, sobre los ingresos brutos y de sellos, vencidas o devengadas, según el impuesto de que se trate, al 31 de diciembre de 2010.
Esta medida extiende la prórroga, ya que la anterior Resolución Normativa de ARBA 66/2011 había establecido el plazo hasta el 29 de Febrero de 2012. Pero a diferencia de ella, en esta oportunidad se encuentra excluida de la extensión el reingreso de planes de pagos caducos correspondientes a cada uno de los regímenes mencionados anteriormente.
En efecto, esto quiere decir que pueden regularizarse por medio del presente régimen las deudas de los impuestos inmobiliario, a los automotores, sobre los ingresos brutos y de sellos, vencidas o devengadas, según el impuesto de que se trate, al 31 de diciembre de 2010.
Esta medida extiende la prórroga, ya que la anterior Resolución Normativa de ARBA 66/2011 había establecido el plazo hasta el 29 de Febrero de 2012. Pero a diferencia de ella, en esta oportunidad se encuentra excluida de la extensión el reingreso de planes de pagos caducos correspondientes a cada uno de los regímenes mencionados anteriormente.
Por AMI Consultora Contable
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