martes, 30 de agosto de 2016

Declaraciones Juradas INASE

Para los inscriptos en el Registro de Usuarios de Semillas del Instituto Nacional de Semillas (INASE), el 31 de Agosto vencen los plazos para presentar la declaración jurada de semilla guardada para sembrar de Soja y para la declaración jurada de Siembra de Trigo
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Recordemos que la Resolución 203/2016 (INASE) prorrogó -por única vez- hasta el 31 de Agosto el plazo para la presentación de la Declaración Jurada sobre la cantidad de semilla de soja reservada para uso propio. En tanto que el vencimiento para declarar la siembra de trigo es el 31 de Agosto de cada año.
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martes, 23 de agosto de 2016

Informe producción de Girasol, Maíz y Soja AFIP

El 31 de Agosto vence el plazo para informar la producción total de Girasol, Maíz y Soja correspondiente a la campaña agrícola 2015-2016 según la Resolución General 3342/12 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), vigente desde Junio de 2012, que implementó este Régimen de Información -abarcando la producción de girasol, maíz, trigo y soja-.
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Deberán cumplirlo obligatoriamente los productores cuya actividad -principal o complementaria- sea la obtención de Maíz, Soja y/o Girasol mediante la explotación de inmuebles rurales -ya sea propio, de terceros y/u otra modalidad establecida en la Ley de Arrendamientos y Aparcerías Rurales-. Se deberá cumplir con el Régimen de Información independientemente del destino que le sea conferido a los granos una vez cosechados.
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La información relativa a la campaña deberá suministrarse mediante la transferencia electrónica de datos ingresando con clave fiscal en la página Web de AFIP al servicio “Productores Agrícolas - Capacidad Productiva”, "Información de Producción de Granos obtenida de Maíz, Soja y Girasol". 

lunes, 8 de agosto de 2016

Extienden Reducción Alícuota Retención IVA Comercialización de leche fluida sin procesar

Por medio de la Resolución General 3925/16 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), se extiende la reducción transitoria en el régimen de retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) respecto de las operaciones de compraventa de leche fluida sin procesar de ganado bovino.

La Resolución General 3858/16 (AFIP) había establecido por un período de 120 (ciento veinte) días -desde el 2 de Abril de 2016-, para determinar la retención de IVA deberá considerarse la alícuota del uno por ciento (1%) para las operaciones efectuadas con Responsables Inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado. Con la nueva medida será aplicable a los pagos que se efectúen hasta el día 31 de Diciembre de 2016

De haberse producido retenciones entre el día 31 de Julio de 2016 y la fecha de publicación oficial de la presente -8 de Agosto de 2016-, que superen la alícuota del uno por ciento (1%), las sumas retenidas en exceso deberán devolverse al sujeto pasible.

lunes, 30 de mayo de 2016

Registro Fiscal de Operadores de la Cadena de Producción y Comercialización de Haciendas y Carnes Bovinas y Bubalinas


Por medio de la Resolución General 3873/16 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), se crea el Registro Fiscal de Operadores de la Cadena de Producción y Comercialización de Haciendas y Carnes Bovinas y Bubalinas, en el que podrán inscribirse las personas humanas, sucesiones indivisas, empresas o explotaciones unipersonales, sociedades, asociaciones y demás personas jurídicas que desarrollen actividades relacionadas con hacienda bovina/bubalina.

Alcanzados:

Podrán inscribirse las personas humanas, sucesiones indivisas, empresas o explotaciones unipersonales, sociedades, asociaciones y demás personas jurídicas que desarrollen cualquiera de las actividades que se detallan a continuación:
|- Productores, criadores y cabañeros de hacienda bovina/bubalina. -Aquellos sujetos comprendidos en la categoría que se encuentren incluidos en el Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas (RFOG), y decidan incorporarse al Registro, deberán manifestar su voluntad en tal sentido.-
|- Establecimientos de engorde a corral de hacienda bovina/bubalina (Feed Lots)
|- Invernadores de hacienda bovina/bubalina.
|- Establecimientos faenadores y/o frigorífico de hacienda bovina/bubalina.
|- Consignatarios y/o comisionistas de hacienda bovina/bubalina.
|- Consignatarios directos de hacienda bovina/bubalina.
|- Consignatarios de carnes de hacienda bovina/bubalina.
|- Mercados concentradores, ferias o predios feriales donde se comercialice hacienda bovina/bubalina.
|- Matarifes -abastecedores y carniceros- y toda otra modalidad de usuarios de faena de hacienda bovina/bubalina.
|- Comercializadores de subproductos comestibles y no comestibles de origen bovino/bubalino.

Todo otro contribuyente que opere en la compraventa, tenencia y/o traslado de hacienda bovina/bubalina o su faenamiento, que no se encuentre incluido en los incisos anteriores deberán seleccionar, al momento de la registración, alguna de las categorías aludidas e incluirse en la misma. Quedan exceptuados de dicha obligación los transportistas de hacienda.

jueves, 19 de mayo de 2016

Monotributo: Declaración Jurada Informativa Cuatrimestral Mayo 2016

Desde el 24 al 31 de Mayo, los Monotributistas que se encuadren en alguna de las Categorías: F, G, H, I, J, K, o L y/o revistan la calidad de empleadores -cualquier categoría-, deberán presentar ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la Declaración Jurada Informativa Cuatrimestral, en la cual deben informar entre otros datos, las operaciones con los principales clientes y proveedores, sobre el local comercial o la energía eléctrica consumida, cuya presentación se efectúa durante el mes de Mayo de 2016.
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Plazos:
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La Declaración Jurada Informativa de Monotributo, referida a las operaciones realizadas entre los meses de Enero y Abril de 2016, deberá ser presentada en la página web de Afip, respetando los plazos fijados para su presentación según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del responsable:
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Datos a informar:

lunes, 16 de mayo de 2016

Monotributo: Recategorización Mayo 2016 y Obligaciones a Considerar

Los Monotributistas hasta el próximo 20 de Mayo de 2016 pueden realizar la recategorización cuatrimestral sobre la base de los ingresos brutos acumulados, de la energía eléctrica consumida y de los alquileres devengados entre Mayo 2015 y Abril 2016, junto con la superficie afectada a la actividad que realizan al Abril 2016.
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La última modificación de estos parámetros fue en el año 2013, pero con la inflación y los límites fijos, muchos Pequeños Contribuyentes se ven forzados a abandonar el Régimen o bien son excluidos del mismo. Si bien se vienen anunciando cambios en el Monotributo, esperemos que sean verdaderas soluciones y no parches momentáneos.
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Las diferentes categorías del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes -tanto para los que realizan locaciones y/o prestaciones de servicios, como para los que realizan ventas de bienes muebles-, quedan delimitadas por los parámetros establecidos