miércoles, 21 de noviembre de 2012

Registro Nacional de Productores, Transformadores y Comercializadores de la Especie Ovina

La Resolución 1213/12 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación (MAGyP) crea el Registro Nacional de Productores, Transformadores y Comercializadores de la Especie Ovina y aprueba el Manual de Procedimiento del Régimen para la Recuperación de la Ganadería Ovina -instituido por la Ley 25.422 y prorrogada por la Ley 26.680-.

La inscripción en el Registro Nacional de Productores, Transformadores y Comercializadores de la Especie Ovina, tanto para personas físicas como para personas jurídicas, deberá realizarse en la Subsecretaría de Ganadería de la Secretaria de Agricultura, Ganadería y Pesca (SAGPyA) del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación.

Las actividades comprendidas en el Régimen para la Recuperación son las relacionadas con la Ganadería Ovina:
|- Recomposición de las majadas;
|- Mejora de la productividad;
|- Intensificación racional de las explotaciones;
|- Mejora de la calidad de la producción;
|- Utilización de tecnología adecuada de manejo extensivo;
|- Reestructuración parcelaria;
|- Fomento a los emprendimientos asociativos;
|- Mejoramiento de los procesos de esquila, clasificación y acondicionamiento de la lana;
|- Control sanitario;
|- Aprovechamiento y control de la fauna silvestre;
|- Apoyo a las pequeñas explotaciones y las acciones de comercialización e industrialización de la producción realizadas en forma directa por el productor o a través de cooperativas u otras empresas de integración vertical donde el productor tenga una participación directa y activa en su conducción.

Se otorgarán Aportes Reintegrables y Aportes No Reintegrables, con el objeto de financiar proyectos de producción (destinados a infraestructura, alimentación, sanidad, manejo y mejora genética), transformación de productos y comercialización de los mismos que fueren solicitados por personas físicas, personas jurídicas, sociedades no constituidas regularmente, sociedades de hecho y sucesiones indivisas que realicen las actividades objeto del Régimen.

El Manual de Procedimiento del Régimen para la Recuperación de la Ganadería Ovina, entre otros aspectos: (Manual Completo)
|- Fija los pasos para realizar el pedido de beneficios, para lo que establece distintos tipos de trámites -normales, excepcionales y de convenios de colaboración-: Los beneficiarios podrán presentar ante la Unidad Ejecutora Provincial (UEP) correspondiente a su jurisdicción, o directamente ante la Coordinación Nacional (CN) del Régimen, los Proyectos de solicitud de beneficios.
|- Detalla el procedimiento de Pago de Fondos: Los Proyectos se abonarán una vez que se encuentren aprobados por la Autoridad de Aplicación y serán pagados al beneficiario a través de la UEP, o directamente al proveedor, según el caso.
|- Dispone los procedimientos de adquisición y contratación de bienes y servicios que se financien con recursos del  Fondo Fiduciario para la Recuperación de la Actividad Ovina (FRAO), así como las etapas del procedimiento y los responsables de gestionarlas.

Por AMI Consultora Contable
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