viernes, 22 de abril de 2016

Declaración Jurada Anual Convenio Multilateral - Como Declarar Nuevos Coeficientes


Mediante la Resolución General 2/2016 de la Comisión Arbitral, se establece que el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los sujetos comprendidos en el régimen de Convenio Multilateral, correspondiente al período fiscal 2015 -Formulario CM05- se postergará al 30 de Junio del 2016.
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Esta medida se tomó como respuesta al reclamo de profesionales, dado que el vencimiento original -en el mes de Abril, luego prorrogado al mes de Mayo- operaba junto con los vencimientos de la Declaración Jurada de Ganancias y Bienes Personales. De esta manera se unifica la fecha de vencimiento en todas las jurisdicciones adheridas a Convenio Multilateral, sin perjuicio de aplicar el coeficiente unificado y determinar las bases imponibles jurisdiccionales según lo establecido en los artículos 78 y 79 de la Resolución General Nº 1/2013 de la Comisión Arbitral Convenio Multilateral (CA). 
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Esta última resolución es la que dispone que a partir del cuarto anticipo de Convenio Multilateral deben aplicarse los nuevos coeficientes unificados -que surgirá de los ingresos y gastos del último balance cerrado en el año calendario inmediato anterior o ingresos y gastos determinados en el año calendario inmediato anterior (para el caso que no confeccione balance), según corresponda- y realizarse los ajustes de los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2016



viernes, 1 de abril de 2016

Comercialización de leche fluida sin procesar: Reducen Alícuota Retención IVA

Con la publicación de la Resolución General 3858/16 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), se efectiviza la reducción transitoria en el régimen de retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) respecto de las operaciones de compraventa de leche fluida sin procesar de ganado bovino.

En efecto, por un período de 120 (ciento veinte) días -a partir del 2 de Abril de 2016-, para determinar la retención de IVA deberá considerarse la alícuota del uno por ciento (1%) para las operaciones efectuadas con Responsables Inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado

Será aplicable a los pagos que se efectúen desde esa fecha aun cuando correspondan a operaciones celebradas con anterioridad. Vencido el plazo, la alícuota a emplear será del seis por ciento (6%) sobre el precio neto de venta según lo establecido por la Resolución General 1428/03 (AFIP).

martes, 29 de marzo de 2016

Aumenta Importe de Obra Social Monotributo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incrementa los importes que se abonan al Sistema Nacional de Seguro de Salud y al Régimen Nacional de Obras Sociales para los adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes

A través de la Resolución General 3845/16, aumenta el valor de la cotización fija destinada a la Obra Social de los Monotributistas, pasa de los trescientos veintitrés pesos ($323) que se abona actualmente, a cuatrocientos diecinueve pesos ($419)

Según la actividad que desarrolle y la categoría en la que se encuentra el Pequeño Contribuyente, los nuevos importes quedan configurados de la siguiente manera:



lunes, 28 de marzo de 2016

ARBA: Declaración Jurada Anual Ingresos Brutos y Multas

Desde el 1 de Abril de 2016 comienza a vencer la presentación de la Declaración Jurada Anual correspondiente al período fiscal 2015 para los Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires.
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El plazo para que los contribuyentes que tributen por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires, presenten la Declaración Jurada Anual -según la terminación del Dígito Verificador de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del responsable-, es el siguiente
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Para cumplir con la Declaración Jurada Anual de Ingresos Brutos, el contribuyente deberá ingresar al sitio de Web de ARBA con la correspondiente Clave de Identificación Tributaria (CIT) y realizar la presentación mediante DDJJ Web, ubicada en la solapa Ingresos Brutos.

domingo, 27 de marzo de 2016

Declaración Jurada Origen de Semilla Soja INASE

Luego de la prórroga otorgada sobre el vencimiento original en Enero, el 31 de Marzo vence la Declaración Jurada de la Campaña 15/16 perteneciente al Registro de Usuarios de Semillas de Soja en el Instituto Nacional de Semillas (INASE), destinado a personas físicas o jurídicas que utilicen para la siembra de su producción de grano, semilla de soja cualquiera sea su origen. 
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Por medio de esta obligación hay que informar: ubicación del predio, superficie total del lote y superficie sembrada, kilogramos de semilla utilizada, sus variedades, el rendimiento esperado y la documentación que avale el origen de la semilla. Es un requisito importante tener el RENSPA agrícola actualizado. (Más Información)
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A los métodos de presentación de la Declaración Jurada de Soja de la Campaña 2015/2016 (Más Información) se agrega, para aquellos que no puedan efectuarla a través del sistema de Autogestión del Ministerio de Agroindustria, la posibilidad de completar un formulario (Ver Formulario) que podrá ser adelantado al organismo mediante correo electrónico a: productores@inase.gov.ar. No obstante, se lo deberá enviar por correo o presentarlo personalmente, en la sede central del INASE.  


martes, 8 de marzo de 2016

ARBA: Control Fiscal Agropecuario

En la Provincia de Buenos Aires, los propietarios de inmuebles rurales, cuya superficie total -considerada de manera individual o conjunta- sea igual o mayor a las 50 (cincuenta) hectáreas están obligados a presentar una Declaración Jurada Anual -Control Fiscal Agropecuario- con vencimiento el próximo 14 de Marzo de 2016.
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En este Régimen de Información -establecido por la Resolución Normativa 32/08 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)- se deberá informar los datos relacionados a la actividad económica desempeñada en el inmueble durante el año 2015. Para ello es necesario acceder con Clave de Identificación Tributaria (CIT) a la página web de ARBA e ir completando los datos requeridos en la aplicación. También se puede consultar si la partida inmobiliaria está obligada a presentarlo (consulta).
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Para completar la Declaración Jurada deberá suministrarse entre otros datos la siguiente información: