jueves, 15 de septiembre de 2011

Monotributo: Declaración Jurada Informativa Cuatrimestral

A partir del próximo 26 de Septiembre, los  miembros del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes que ganan más de $6.000 al mes y los monotributistas que son empleadores, están obligados a informar:
§   El total de ventas del segundo cuatrimestre del año, con indicación de las facturas emitidas durante ese lapso.
§    La identificación de los cinco principales proveedores, indicando el monto de las operaciones del cuatrimestre y la cantidad de facturas.
§    La identificación de los cinco clientes más importantes, en función del monto de las operaciones del cuatrimestre, indicando la cantidad de facturas emitidas a cada uno de ellos.
§   Si son propietarios o inquilinos del local explotado por ellos.
§   La CUIT del propietario, vigencia del contrato de locación y monto de los alquileres devengados, en caso de corresponder.
§    La cantidad de energía consumida en el cuatrimestre, CUIT del sujeto a cuyo nombre se emite la factura e identificación de la empresa proveedora de energía eléctrica, el importe y la fecha de vencimiento.
§    En el caso de tratarse de un monotributista que se desempeña como profesional, la AFIP también lo obliga a declarar el número de CUIT del consejo o colegio en el que se encuentre matriculado el pequeño contribuyente y la fecha de alta o, en su defecto, la de expedición del título profesional.
§    De igual manera, cuando se trate de un monotributista que se desempeña como transportista, el fisco obliga a declarar si el mismo es titular del vehículo o si lo alquila, el dominio y, además, los datos del seguro y número de la póliza contratada.


Complementariamente, los pequeños contribuyentes que reduzcan su facturación a menos de $72.000 anuales igualmente deberán seguir informando, durante dos años más, los datos requeridos en la declaración jurada cuatrimestral. De esta manera, la AFIP busca evitar que los monotributistas, alcanzados por la obligación, la evadan bajando de categoría.


 Sanciones:
Quienes no cumplan con el régimen de información, deberán afrontar multas de hasta cuarenta y cinco mil pesos ($45.000) y podrán ver reducidos a la mitad sus ingresos.

Esto es así, porque los pequeños contribuyentes incumplidores además de la multa prevista en la Ley de Procedimiento Tributario, que puede llegar a cuarenta y cinco mil pesos ($45.000), el régimen establece expresamente que el contribuyente que no presente la información cuatrimestral requerida no podrá obtener su constancia de inscripción fiscal, operando así una suspensión de su condición frente a la AFIP.

La suspensión les genera a los monotributistas los siguientes efectos:
§  Los clientes les aplicarán el régimen retención especial en IVA (21%) y Ganancias (35%) –máximas tasas posibles-. 
§    Los proveedores les aplicarán el régimen de percepción en IVA.

Es decir, por cada operación, la retención en el IVA, prevista y aplicable a estos casos, se ubica en el 21% y para Ganancias en 35%, lo que sumadas arrojan un 56% menos, importe que será retenido por quienes adquieran cosas muebles, locaciones y/o prestaciones de servicios de un monotributista en falta. Por lo tanto, de un peso($1) a cobrar, el pequeño contribuyente sólo recibirá cuarenta y cuatro centavos ($0,44).

Y como un perjuicio no menor, se debe considerar que el pago a cuenta efectuado en IVA y Ganancias sólo podrá ser computado cuando dicho monotributista abandone el Régimen Simplificado e ingrese al régimen general con el consecuente aumento de la presión fiscal a soportar (sic). 

 A tener en cuenta:
La solicitud de datos sistemática, de las operaciones con los principales clientes y proveedores, y el requerimiento sobre el alquiler del local comercial o del vehículo de transporte, le permitirá al organismo recaudador efectuar cruces informáticos entre ingresos y gastos de los distintos contribuyentes, a los efectos de evaluar si un monotributista puede permanecer en el régimen, o bien, si debe inscribirse en el IVA y en Ganancias por haber excedido los parámetros del Régimen Simplificado.

La AFIP excluirá a los pequeños contribuyentes que facturan o gastan en exceso.
Con relación a la facturación, quienes estén ubicados en las categorías más altas tienen que evaluar si no superan los límites de ingresos anuales establecidos en $200.000 para profesionales y $300.000 para el resto de las actividades.

En materia de gastos inherentes al desarrollo de la actividad, los prestadores de servicios no pueden tener egresos anuales por más de $80.000. Este límite equivale al 40% de ingresos de la última categoría prevista en el esquema de tributación.
Para el caso de los que realicen ventas de bienes muebles el tope de egresos anuales equivale al 80% de ingresos de la última categoría, es decir, no pueden tener egresos anuales superiores a $240.000. Además, las empresas y particulares cuyos ingresos brutos anuales estén entre $200.000 y $300.000 (últimas tres categorías) podrán permanecer en el régimen, siempre y cuando, cumplan con la cantidad mínima de personal en relación de dependencia: un (1) empleado para la Categoría J; dos (2) empleados para la Categoría K y tres (3) empleados para la Categoría L.



9 comentarios:

  1. hola, 1) si una person dejo de ser monotrista para ser RI hay que presentar la D.J. y si nunca desde que paso RI presento la declaracion que periodos se debe informar?.
    2)si un contribuyente percibe aquileres de 2 inmuebles estos se informan? gracia

    ResponderBorrar
    Respuestas
    1. Hola, si pasó a ser Responsable Inscripto no debe presentar la Declaración Jurada Cuatrimestral de Monotributo, porque dejó de cumplir los requisitos. Sí deberá tener en cuenta el Régimen de Información CITI VENTAS, que es para Responsables Inscriptos.

      Borrar
  2. Hola, si un contribuyente es profesional y atiende a sus clientes en su casa, la cual alquila como debo informar en la ddjj cuatrimestral la solapa del local, y la energia se prorratea??

    ResponderBorrar
  3. Hola, para la solapa Local de la Declaración Jurada Cuatrimestral debe informar: que es inquilino, el CUIT del propietario, vigencia del contrato de locación, el monto de los alquileres devengados y los datos catastrales del inmueble. La cantidad de energía consumida en el cuatrimestre, CUIT del sujeto a cuyo nombre se emite la factura e identificación de la empresa proveedora de energía eléctrica, el importe y la fecha de vencimiento de pago.
    Se informa el consumo de energía eléctrica obtenido de la apropiación entre local y casa de familia -Se considerará exclusivamente como magnitud física a la superficie afectada y a la energía eléctrica consumida en dicha actividad, como asimismo el monto proporcional del alquiler devengado. Si existe un único medidor se presume que se afectó el 20 % a la actividad gravada, de tratarse de una actividad de alto consumo energético se presume que el gasto es del 90 %, salvo prueba en contrario-.
    Debe completar también la pestaña Profesional.

    ResponderBorrar
  4. Quisiera saber si en el caso de un monotributista categoria G que jamas presentó la DDJJ Informativa cuatrimestral (motivo por el cual ahora no puede facturar) corresponde realizar todas las DJ informativas desde la fecha en que se encuentra en la categoria F o solo efectuar la próxima a vencer. Desde ya muchas gracias!

    ResponderBorrar
    Respuestas
    1. Debe presentar todas las Declaraciones Juradas Informativas desde la finalización del cuatrimestre en que empezó a cumplir los requisitos.

      Borrar
  5. Caso: monotributista actual categoria G que jamas presentó la DDJJ Informativa cuatrimestral. Para regularizar efectuo las 5 DJ Informativas que debió hacer desde 06-2011 a la fecha. Efectuando las mismas surge que sube y baja de categoria en distintos cuatrimestres. Que se hace en estos casos? Entiendo que no puede hacer una recategorizacion retroactiva...

    ResponderBorrar
    Respuestas
    1. Los pequeños contribuyentes que reduzcan su facturación a menos de $72.000 anuales igualmente deberán seguir informando durante dos años más los datos requeridos en la declaración jurada cuatrimestral. De esta manera, la AFIP busca evitar que los monotributistas, alcanzados por la obligación, la evadan bajando de categoría.

      Borrar
  6. Hola, tengo que presentar una DDJJ informativa cuatrimestral, pero de todo el cuatrimestre, el contribuyente fue RI en septiembre y octubre y luego pasò a ser monotributista. Tengo que informar todas las ventas del cuatrimestre o solo los dos meses que fue monotributista???

    ResponderBorrar