lunes, 30 de noviembre de 2015

Nueva Obligación de ARBA: Informar Comprobantes Electrónicos

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) establece por medio de la Resolución Normativa 60/15 una nueva obligación para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que emitan facturas y demás documentos electrónicos -de acuerdo con lo previsto en la Resolución General 2485 sus modificatorias y complementarias de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)-. Esta obligación consiste en remitir a ARBA la información referida a dichas facturas y comprobantes.
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Quedan excluidos de la obligación:
|- Los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que utilicen, para la generación de las referidas facturas y comprobantes, la modalidad de emisión de "Comprobantes en Línea"; y
|- Los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que hubieran sido exceptuados o excluidos de la obligación de emitir facturas y comprobantes electrónicos por la Administración Federal de Ingresos Públicos, ya sea de manera individual, sectorial o general; permanente o transitoria, en este último supuesto, mientras perdure vigente la excepción o exclusión.
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El procedimiento se implementará de forma gradual, por grupo de contribuyentes, clasificados en función del monto total facturado durante el año calendario inmediato anterior. A tal fin se podrán efectuar notificaciones en los Domicilios Fiscales Electrónicos de los contribuyentes que deban dar cumplimento a la obligación.

Para la primera etapa de implementación, se incluirá en el presente régimen a aquellos contribuyentes que hubiesen declarado para el ejercicio fiscal 2014, por el desarrollo de cualquier actividad, dentro o fuera de la Provincia de Buenos Aires, ingresos brutos gravados, no gravados y/o exentos que superen la suma de $60.000.000 (sesenta millones de Pesos). Aún no se ha dispuesto la fecha en la que se debe comenzar a cumplir con la obligación.

ARBA: Declaración Jurada Web Última Etapa

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), aprueba la última etapa para la incorporación de actividades al mecanismo web de presentación de Declaraciones Juradas y pagos por parte de los Contribuyentes Directos que tributan por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires. En esta oportunidad se agregan el resto de las actividades que aún no se encontraban incluidas en el procedimiento, a partir del anticipo correspondiente al mes de Noviembre de 2015, según lo establece la Resolución Normativa 61/15.
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La Resolución Normativa 41/13 (ARBA) aprobó la implementación de un nuevo procedimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas por parte de los contribuyentes directos que tributan por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. El procedimiento es aplicado para la generación y envío de Declaraciones Juradas -originales y/o rectificativas- mensuales y/o anuales, así como también para efectuar los pagos que les corresponden, sus intereses y multas. 
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lunes, 23 de noviembre de 2015

AFIP: Reformulación Plan de Facilidades de Pago

Recientemente la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció mediante la Resolución General 3806/15 un régimen especial de facilidades de pago que permite regularizar las obligaciones impagas vencidas al 30 de Septiembre de 2015. La adhesión al régimen podrá formalizarse hasta el día 30 de noviembre de 2015, inclusive.


Pueden incluirse en el plan:

|- Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, vencidas al 30 de septiembre de 2015, sus intereses, actualizaciones y multas.
|- Multas aplicadas o cargos suplementarios formulados por el servicio aduanero hasta el día 30 de septiembre de 2015, sus intereses y actualizaciones.
|- Los ajustes resultantes de la actividad fiscalizadora de esta Administración Federal conformados por el responsable, en tanto las obligaciones sean susceptibles de ser incluidas.
|- El impuesto que recae sobre las erogaciones no documentadas.
|- Intereses y demás accesorios adeudados correspondientes a obligaciones susceptibles de ser incluidas.
|- Las deudas en discusión administrativa, contencioso-administrativa o judicial, así como en ejecución judicial, en tanto el demandado desista o se allane totalmente y, en su caso, asuma el pago de las costas y gastos causídicos.
|- Las cuotas mensuales del impuesto integrado y las cotizaciones previsionales fijas de los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes -Monotributo-.
|- Obligaciones de cualquier naturaleza que hayan sido incluidas en planes de facilidades de pago presentados a través del Sistema “Mis Facilidades”.

martes, 3 de noviembre de 2015

Novena etapa de Declaración Jurada Web Arba

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), incorporara más actividades al mecanismo web de presentación de Declaraciones Juradas y pagos por parte de los Contribuyentes Directos que tributan por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires. La novena etapa comenzará para la presentación de las Declaraciones Juradas por todas las actividades desarrolladas, a partir del anticipo correspondiente al mes de Octubre de 2015, según lo establece la Resolución Normativa 55/15.
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La Resolución Normativa 41/13 (ARBA) aprobó la implementación de un nuevo procedimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas por parte de los contribuyentes directos que tributan por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. El procedimiento es aplicado para la generación y envío de Declaraciones Juradas -originales y/o rectificativas- mensuales y/o anuales, así como también para efectuar los pagos que les corresponden, sus intereses y multas.
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Recordamos que esta modalidad no alcanza a los contribuyentes comprendidos en el régimen de liquidación administrativa de anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -Arbanet-, así como tampoco a los que se encuentren en el régimen de Convenio Multilateral.

viernes, 23 de octubre de 2015

AFIP: Informe de Cultivos de Invierno Productores Agrícolas

Hasta el 31 de Octubre de 2015 los productores agropecuarios tienen plazo para que informar la capacidad de producción de la superficie agrícola destinada a cultivos de invierno: alpiste, arveja, avena, cártamo, colza/canola, cebada, centeno, garbanzo, lenteja, lino, trigo, triticale y otros granos provenientes de cultivos de invierno.
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La Resolución General 2750/10 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), estableció un Régimen de Información respecto de la Existencia de Granos No Destinados a la Siembra -cereales y oleaginosas- y Legumbres Secas -porotos, arvejas y lentejas- de propia producción y de la Capacidad de Producción de los contribuyentes que desarrollen la actividad agrícola -ya sea mediante la explotación de inmuebles rurales, propios o de terceros, bajo alguna de las formas establecidas por la ley de Arrendamientos y Aparcerías Rurales, u otras modalidades-.

domingo, 18 de octubre de 2015

Sistema de Información de Operaciones de Productos Frutícolas - Siofrutas

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca (SAGyP) del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca (MAGyP) mediante la Resolución 376/15, creó un sistema informático denominado Sistema de Información de Operaciones de Productos Frutícolas -Siofrutas-, en el que deberán ser registradas todas las operaciones con frutas destinadas a consumo en fresco, desecadas y/o industrializadas. También incorpora al Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria (RUCA) a los mercados concentradores y a los establecimientos de depósito, empaque, frío, industria y exportación de frutas.
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El sistema alcanza las operaciones de compraventa, consignación, cualquiera sea su modalidad y plazos de entrega y liquidación, en las cuales se produce la primera venta de los productos y subproductos de frutas destinadas a consumo en fresco, desecadas y/o industrializadas. Es complementario al Sistema Integrado de Gestión del Documento de Tránsito Sanitario Vegetal (SIGDTV) del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) utilizado para verificar la identificación y el origen de los productos vegetales, con el objeto de obtener la trazabilidad comercial.

miércoles, 23 de septiembre de 2015

Declaración Jurada Cuatrimestral Monotributo - Septiembre 2015

Los Monotributistas que revistan la calidad de empleadores y/o se encuadren en alguna de las Categorías: F, G, H, I, J, K, o L, deberán presentar ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la Declaración Jurada Informativa Cuatrimestral de Monotributo, en la cual deben informar entre otros datos, las operaciones con los principales clientes y proveedores, sobre el local comercial o la energía eléctrica consumida, cuya presentación se efectúa durante el mes de Septiembre.
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 Plazos:
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La Declaración Jurada Informativa de Monotributo, referida a las operaciones realizadas entre los meses de Mayo y Agosto de 2015, deberá ser presentada en la página web de Afip, respetando los plazos fijados para su presentación según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del responsable:

martes, 22 de septiembre de 2015

ARBA: Más Actividades a Declaración Jurada Web

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), continua incorporarando actividades al mecanismo web de presentación de Declaraciones Juradas y pagos por parte de los Contribuyentes Directos que tributan por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires. La octava etapa comenzará en para la presentación de las Declaraciones Juradas por todas las actividades desarrolladas, a partir del anticipo correspondiente al mes de Septiembre de 2015, según lo establece la Resolución Normativa 49/15.
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La Resolución Normativa 41/13 (ARBA) aprobó la implementación de un nuevo procedimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas por parte de los contribuyentes directos que tributan por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. El procedimiento es aplicado para la generación y envío de Declaraciones Juradas -originales y/o rectificativas- mensuales y/o anuales, así como también para efectuar los pagos que les corresponden, sus intereses y multas. 
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Recordamos que esta modalidad no alcanza a los contribuyentes comprendidos en el régimen de liquidación administrativa de anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -Arbanet-, así como tampoco a los que se encuentren en el régimen de Convenio Multilateral.

AFIP Informe de Existencias de Granos

El próximo 30 de Septiembre de 2015 opera el vencimiento para que los productores agropecuarios informen las existencias que poseían al 31 de Agosto, de los granos no destinados a la siembra -cereales y oleaginosos- y legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas- de propia producción
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La Resolución General 2750/10 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), estableció un Régimen de Información respecto de la Existencia de Granos No Destinados a la Siembra -cereales y oleaginosas- y Legumbres Secas -porotos, arvejas y lentejas- de propia producción y de la Capacidad de Producción de los contribuyentes que desarrollen la actividad agrícola -ya sea mediante la explotación de inmuebles rurales, propios o de terceros, bajo alguna de las formas establecidas por la Ley de Arrendamientos y Aparcerías Rurales, u otras modalidades-. 

viernes, 18 de septiembre de 2015

Monotributo: Recategorización y Obligaciones

Hasta el próximo 21 de Septiembre de 2015 los Monotributistas pueden realizar  la recategorización cuatrimestral sobre la base de los ingresos brutos acumulados, de la energía eléctrica consumida y de los alquileres devengados entre Septiembre 2014 y Agosto 2015, junto con la superficie afectada a la actividad que realizan al 31 de Agosto de 2015.
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Las diferentes categorías del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes -tanto para los que realizan locaciones y/o prestaciones de servicios, como para los que realizan ventas de bienes muebles-, quedan delimitadas por los parámetros establecidos


lunes, 14 de septiembre de 2015

Registro de Demanda de Trigo Disponible para su Comercialización

Por medio de la Resolución 360/2015 de la Secretaría de Comercio del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación, se crea el Registro de Demanda de Trigo Disponible para su Comercialización, en el cual podrán inscribirse aquellos comercializadores de granos que se encuentren matriculados en el Registro Único de la Cadena Agroalimentaria y tengan la capacidad de comprar el trigo disponible a los productores y lograr su efectiva comercialización, ya sea en el mercado interno o externo.


Los comercializadores deberán realizar una oferta informando las cantidades que desean adquirir y el precio por tonelada de trigo a pagar, a fin de que la Secretaría de Comercio asigne la oferta realizada por los productores, priorizando los mejores precios ofertados. Las Cooperativas tendrán un trato diferenciado. El plazo de presentación es hasta el día martes 15 de Septiembre 17 horas.

Este nuevo Registro está relacionado con la Resolución 325/2015 de la Secretaría de Comercio en la que se establecía el Registro de Oferta de Trigo Disponible para su Comercialización en el que se podían inscribir pequeños productores de la Provincia de La Pampa y partidos del sur de la Provincia de Buenos Aires que tuvieran disponibilidad de trigo pan en condiciones de comercialización y hubieran alcanzado una producción máxima de mil seiscientas toneladas (1.600 Tn) en la campaña 2014/2015.

viernes, 28 de agosto de 2015

AFIP: Informe producción de Girasol, Maíz y Soja

El 31 de Agosto vence el plazo para informar la producción total de Girasol, Maíz y Soja correspondiente a la campaña agrícola 2014-2015 según la Resolución General 3342/12 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), vigente desde Junio de 2012, que implementó este Régimen de Información -abarcando la producción de girasol, maíz, trigo y soja-.
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Deberán cumplirlo obligatoriamente los productores cuya actividad -principal o complementaria- sea la obtención de Maíz, Soja y/o Girasol mediante la explotación de inmuebles rurales -ya sea propio, de terceros y/u otra modalidad establecida en la Ley de Arrendamientos y Aparcerías Rurales-. Se deberá cumplir con el Régimen de Información independientemente del destino que le sea conferido a los granos una vez cosechados.
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La información relativa a la campaña deberá suministrarse mediante la transferencia electrónica de datos ingresando con clave fiscal en la página Web de AFIP al servicio “Productores Agrícolas - Capacidad Productiva”, "Información de Producción de Granos obtenida de Maíz, Soja y Girasol". 

jueves, 6 de agosto de 2015

ARBA amplía Declaración Jurada Web

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), continua con la incorporación gradual de actividades al mecanismo web de presentación de Declaraciones Juradas y pagos por parte de los Contribuyentes Directos que tributan por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires. La séptima etapa comenzará en Agosto de 2015, fecha en la cual operará el vencimiento del anticipo correspondiente al mes Julio de 2015 según lo establecido en la Resolución Normativa 39/15.
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La Resolución Normativa 41/13 (ARBA) aprobó la implementación de un nuevo procedimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas por parte de los contribuyentes directos que tributan por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. El procedimiento es aplicado para la generación y envío de Declaraciones Juradas -originales y/o rectificativas- mensuales y/o anuales, así como también para efectuar los pagos que les corresponden, sus intereses y multas. 
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Recordamos que esta modalidad no alcanza a los contribuyentes comprendidos en el régimen de liquidación administrativa de anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -Arbanet-, así como tampoco a los que se encuentren en el régimen de Convenio Multilateral.

martes, 28 de julio de 2015

Convenio Multilateral: Cambio de número de identificación

A partir del 1 de Noviembre de 2015, la Comisión Arbitral Convenio Multilateral (CA) reemplazará el Número Único de Inscripción (NUI), para los contribuyentes comprendidos en el régimen de Convenio Multilateral del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a efectos de simplificar y unificar los datos de los sujetos inscriptos.

Anteriormente se había adecuado las fechas de los vencimientos para la presentación y pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de contribuyentes comprendidos en el Convenio Multilateral en base al dígito verificador del número de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), en virtud de la decisión de utilizar el Número de CUIT como principal identificación de los contribuyentes de Convenio Multilateral.

Mediante la Resolución General 3/2015 (CA) se establece como única identificación para todos los contribuyentes de Convenio Multilateral, el Número de CUIT otorgado por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), adicionando los dígitos asignados como Jurisdicción Sede.

Estímulo al Pequeño Productor de Granos Fase 2.0

Por medio de la Resolución 615/2015 del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación, se crea en el ámbito de la Secretaría de Comercio el Programa de Estímulo al Pequeño Productor de Granos Fase 2.0, destinado a otorgar compensaciones económicas a aquellos pequeños productores que hubieren obtenido hasta un total acumulado de 1.000 toneladas de trigo, soja, maíz y/o girasol -de manera indistinta- en el territorio de la República Argentina, en la campaña 2013/2014. Este programa es continuación del creado por la Resolución 126/15 en Marzo de 2015. (Más Información)
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Para acceder al beneficio contemplado por el Programa de Estímulo al Pequeño Productor de Granos Fase 2.0, los interesados deberán completar una Declaración Jurada por la cosecha 2013/2014 antes del 30 de Octubre de 2015. El Programa será de aplicación para el período comprendido entre los meses de Julio a Diciembre de 2015, pudiendo ser prorrogado.
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Beneficiarios:


Podrán ser beneficiarios del Programa las personas físicas o jurídicas que hubieren producido trigo y/o soja y/o maíz y/o girasol en el territorio de la República Argentina, y que cumplan con los siguientes requisitos:
|- Haber producido por un volumen de hasta 1.000 toneladas acumuladas en la cosecha 2013/2014, tomando como base de cálculo lo producido en forma individual por la persona física o jurídica que solicitare el beneficio, independientemente de la cantidad de establecimientos rurales que explote, sean propios o de terceros.
|- Encontrarse inscripto en la nómina de productores de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
|- Encontrarse debidamente inscripto en la página web de la Secretaría de Comercio y haber enviado la Declaración Jurada antes del 30 de Octubre de 2015.

martes, 21 de julio de 2015

Nuevo Controlador Fiscal Homologado

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la Resolución General 3792/15, homologa un equipo para cumplir con el régimen de emisión de comprobantes por medio de Controlador Fiscal vigente desde Abril de 2014.
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Los contribuyentes y responsables, deberán utilizar el equipamiento electrónico -Controlador Fiscal- homologado por AFIP, para procesar, registrar, emitir comprobantes y conservar los datos de interés fiscal en respaldo de las operaciones que se generan como consecuencia de la compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y obras y las señas o anticipos que congelen el precio, en los casos, formas y condiciones que se establecen en la Resolución General 3561/13 (AFIP).
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Ese es el caso del controlador fiscal homologado con esta resolución general, cuyas características son las siguientes:
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Marca: Hasar 
Modelo: SMH/P-340 F Versión: 01.00 
Código Asignado: HAB 
Empresa Proveedora: Compañia Hasar S.A.I.C. CUIT: 30-61040056-2 
TIPO DE EQUIPO: Impresora Fiscal 
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La homologación tendrá una validez de 5 (cinco) años contados a partir del día de la publicación de la presente en el Boletín Oficial.

viernes, 10 de julio de 2015

AFIP: Consultas Web

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó un nuevo canal de consultas, reemplazando a la cuenta de mail mayuda@afip.gob.ar. Esta nueva herramienta permite generar la presentación de una Consulta Web desde la página oficial del Organismo.
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El mismo se encuentra disponible en el sitio Web Institucional de AFIP al que se puede acceder a través del banner ¨Consultas Web ¨ o bien ingresando en el enlace Consultas.
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Consta de tres pasos, en los cuales además de la consulta que se realiza, hay que completar un formulario con los datos de contacto, a que tema se refiere junto con la posibilidad de adjuntar archivos y la confirmación de los datos cargados.
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En caso de que la consulta abarque más de una temática, se deberá efectuar un ingreso por cada una de ellas. Es decir, si se requiere consultar varios temas, habrá que generar un formulario por cada asunto que se consulte.

jueves, 25 de junio de 2015

Registro de Usuarios de Semilla de Soja y de Trigo

En el año 2007, por medio de la Resolución 80 del Instituto Nacional de Semillas (INASE), órgano descentralizado del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, se creó el Registro de Usuarios de Semillas de Soja y Trigo destinado a personas físicas o jurídicas que utilicen para la siembra de su producción de grano, semilla de soja y/o trigo cualquiera sea su origen.


A través de ella, se generó la obligación de presentar una Declaración Jurada con Información y documentación sobre el origen de la semilla utilizada tanto de soja como de trigo, para todos aquellos usuarios cuyo volumen de producción de grano superara las 2.000 Tn (dos mil toneladas). 

Se estableció el vencimiento para las campañas
|- 31 de Enero de cada año para Trigo; y 
|- 30 de Junio de cada año para Soja.

miércoles, 10 de junio de 2015

Declaración Jurada Anual Convenio Multilateral

El 30 de Junio de 2015 vence el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los sujetos comprendidos en el régimen de Convenio Multilateral, correspondiente al período fiscal 2014 -Formulario CM05-, sin perjuicio de aplicar el coeficiente unificado y determinar las bases imponibles jurisdiccionales según lo establecido en los artículos 78 y 79 de la Resolución General Nº 1/2013 de la Comisión Arbitral Convenio Multilateral (CA). 
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Esta última resolución es la que dispone que a partir del cuarto anticipo de Convenio Multilateral deben aplicarse los nuevos coeficientes unificados -que surgirá de los ingresos y gastos del último balance cerrado en el año calendario inmediato anterior o ingresos y gastos determinados en el año calendario inmediato anterior (para el caso que no confeccione balance), según corresponda- y realizarse los ajustes de los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2015
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Mediante la Resolución General 8/2013 de la Comisión Arbitral, se estableció que el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada Anual correspondiente al período fiscal 2014 -Formulario CM05- operará el 30 de junio del 2015.

lunes, 1 de junio de 2015

Monotributo: Aumento Importe de Obra Social

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) incrementa los importes que se abonan al Sistema Nacional de Seguro de Salud y al Régimen Nacional de Obras Sociales para los adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes

A través de la Resolución General 3775/15, aumenta un 38.62% el valor de la cotización fija destinada a la Obra Social de los Monotributistas, pasa de los doscientos treinta y tres pesos ($233) que se abona actualmente, a trescientos veintitrés pesos ($323)

Según la actividad que desarrolle y la categoría en la que se encuentra el Pequeño Contribuyente, los nuevos importes quedan configurados de la siguiente manera:


viernes, 29 de mayo de 2015

Ingresos Brutos BA: Más Actividades al Nuevo Procedimiento

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), continua con la incorporación gradual de actividades al mecanismo web de presentación de Declaraciones Juradas y pagos por parte de los Contribuyentes Directos que tributan por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires. La sexta etapa comenzará en Junio de 2015, fecha en la cual operará el vencimiento del anticipo correspondiente al mes Mayo de 2015 según lo establecido en la Resolución Normativa 22/15.
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La Resolución Normativa 41/13 (ARBA) aprobó la implementación de un nuevo procedimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas por parte de los contribuyentes directos que tributan por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. El procedimiento es aplicado para la generación y envío de Declaraciones Juradas -originales y/o rectificativas- mensuales y/o anuales, así como también para efectuar los pagos que les corresponden, sus intereses y multas. 
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Recordamos que esta modalidad no alcanza a los contribuyentes comprendidos en el régimen de liquidación administrativa de anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -Arbanet-, así como tampoco a los que se encuentren en el régimen de Convenio Multilateral.

jueves, 28 de mayo de 2015

Convenio Multilateral Sifere Web Nuevos Obligados

La Resolución General 2/15 de la Comisión Arbitral Convenio Multilateral, amplia el uso obligatorio del Módulo DDJJ Generación de Declaraciones Juradas Mensuales y Anuales del Sistema Sifere Web, para aquellos contribuyentes que se inscriban a partir del 1 de Junio de 2015.
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Este Módulo Web permite a los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que tributan por el régimen del Convenio Multilateral, confeccionar y presentar sus declaraciones juradas del impuesto, así como generar los volantes de pago para la liquidación de intereses, recargos, multas y planes de regularización -en los casos en que las autoridades provinciales lo autoricen en sus respectivas normas-, a través del sistema Web.
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Para el resto de los contribuyentes, tal como se dispuso en la Resolución General 11/14, la Comisión Arbitral les notificará la fecha a partir de la cual deberán comenzar a operar de modo obligatorio por medio del nuevo sistema. Hasta que se verifique dicha circunstancia, los contribuyentes deberán continuar utilizando el aplicativo Sifere.

miércoles, 20 de mayo de 2015

Declaración Jurada Cuatrimestral Monotributo - Mayo 2015

Durante el mes de Mayo 2015, aquellos Monotributistas que -al finalizar el cuatrimestre- revistan la calidad de empleadores y/o se encuadren en alguna de las Categorías: F, G, H, I, J, K, o L, deberán presentar ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la Declaración Jurada Informativa Cuatrimestral de Monotributo, en la cual deben informar entre otros datos, las operaciones con los principales clientes y proveedores, sobre el local comercial o la energía eléctrica consumida.
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 Plazos:
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La Declaración Jurada Informativa de Monotributo, referida a las operaciones realizadas entre los meses de Enero y Abril de 2015, deberá ser presentada en la página web de Afip, respetando los plazos fijados para su presentación según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del responsable:
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miércoles, 13 de mayo de 2015

Monotributo: Recategorización Mayo 2015

Hasta el 20 de Mayo de 2015, los miembros del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes -Monotributistas- tienen plazo para realizar la recategorización cuatrimestral sobre la base de los ingresos brutos acumulados, de la energía eléctrica consumida y de los alquileres devengados entre Mayo 2014 y Abril 2015, junto con la superficie afectada a la actividad que realizan al 30 de Abril de 2015.
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Las diferentes categorías del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes -tanto para los que realizan locaciones y/o prestaciones de servicios, como para los que realizan ventas de bienes muebles-, quedan delimitadas por los parámetros establecidos: 
   

jueves, 23 de abril de 2015

Sistema de Fiscalizaciones Remotas ARBA

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), por medio de la Resolución Normativa 15/15 implementa la primera etapa del Sistema de Fiscalizaciones Electrónicas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (FIRE), un procedimiento electrónico tendiente a lograr un incremento de la recaudación tributaria.
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Es una herramienta de gestión, que en forma masiva, simultánea y continua posibilita verificar la situación fiscal de los contribuyentes de la provincia de Buenos Aires, con el objeto de informar los desvíos y discrepancias observados con relación al cumplimiento de las obligaciones fiscales correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos. A través de ésta aplicación podrá acceder a la información relativa a los desvíos e inconsistencias detectados por la Agencia de Recaudación en función de los cruces de datos realizados y tendrá la oportunidad de interactuar con la misma a los efectos de regularizar o justificar su situación fiscal. 
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El nuevo mecanismo se apoyará en la certeza de la información a analizar, presentada por el propio obligado o bien por terceros con una vinculación económica o jurídica con el mismo, brindando al contribuyente y/o responsable la posibilidad de reconocer la pretensión fiscal o, en su caso, justificar la inconsistencia, respondiendo a un cuestionario secuencial y automatizado, adaptado a cada tipo de desvío constatado, acompañado de un requerimiento de información de Arba, con carácter de declaración jurada, lo que podrá derivar en desvirtuar las inconsistencias o desvíos endilgados.
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Los contribuyentes y demás responsables deberán cumplir con la obligación de contestar cualquier pedido de informes y aclaraciones con respecto a sus declaraciones juradas o, en general, con relación a las operaciones que, a juicio de la Autoridad de Aplicación, pueden constituir hechos imponibles; con el deber de facilitar, por todos los medios a su alcance, las tareas de verificación y fiscalización impositiva; demás esta aclarar que el incumplimiento es sancionado con multa.

  

sábado, 21 de marzo de 2015

Estímulo al Pequeño Productor de Granos: Declaración Jurada


La Resolución 126/15 del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación, publicada en el boletín oficial el 18 de Marzo de 2015, creó en el ámbito de la Secretaría de Comercio el Programa de Estímulo al Pequeño Productor de Granos, destinado a otorgar compensaciones económicas a aquellos pequeños productores que hubieren obtenido hasta un total acumulado de 700 (setecientas) toneladas de trigo, soja, maíz y/o girasol -de manera indistinta- en el territorio de la República Argentina, en la campaña 2013/2014.
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Para acceder al beneficio contemplado por el Programa de Estímulo al Pequeño Productor de Granos, los interesados deberán completar una Declaración Jurada por la cosecha 2013/2014 y tendrán plazo hasta el día 30 de Octubre de 2015, según lo dispone la Resolución 39/2015 de la Secretaría de Comercio de la Nación. El Programa será de aplicación para el período comprendido entre los meses de Enero a Diciembre de 2015.
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miércoles, 4 de marzo de 2015

Control Fiscal Agropecuario ARBA

Los propietarios de inmuebles rurales en Provincia de Buenos Aires, cuya superficie total -considerada de manera individual o conjunta- sea igual o mayor a las 50 (cincuenta) hectáreas están obligados a presentar una Declaración Jurada Anual llamada Control Fiscal Agropecuario con vencimiento el próximo 13 de Marzo de 2015.
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En este Régimen de Información -establecido por la Resolución Normativa 32/08 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)- se deberá informar los datos relacionados a la actividad económica desempeñada en el inmueble durante el año 2014. Para ello es necesario acceder con Clave de Identificación Tributaria (CIT) a la página web de ARBA e ir completando los datos requeridos en la aplicación. También se puede consultar si la partida inmobiliaria está obligada a presentarlo (consulta).


lunes, 2 de marzo de 2015

Régimen de Información de Silobolsas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) por medio de la Resolución General 3745/15, implementa un nuevo régimen de información, que deberán cumplir los fabricantes y proveedores de Silo Bolsa, y dispone un régimen especial para la emisión de comprobantes electrónicos respaldatorios de las operaciones de compraventa que realicen estos sujetos.
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Régimen de Información de Operaciones

El régimen informativo comprende las operaciones de venta de bolsas plásticas para el almacenamiento de grano -Silo Bolsa-, realizadas a partir del día 1 de Octubre de 2014, que deberán cumplirlo fabricantes, revendedores o intermediarios de tales bienes, ya sea que los vendan a nombre propio o por cuenta de terceros.
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La información relativa a las operaciones comprendidas, deberá suministrarse hasta el día 15 (quince) del mes siguiente al período a informar, mediante la transferencia electrónica de datos ingresando con clave fiscal en la página Web de AFIP al servicio "Silo Bolsa - Informantes".  Cuando no se realicen operaciones durante algún período se informa Sin Movimiento.
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La obligación de informar las operaciones efectuadas durante el período comprendido entre los días 1 de Octubre de 2014 y el 28 de Febrero de 2015, ambos inclusive, deberá formalizarse hasta el día 30 de Abril de 2015. El incumplimiento -parcial o total- de este régimen será pasible de las sanciones previstas en la Ley de Procedimiento.
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Los datos suministrados mediante este procedimiento tienen carácter de Declaración Jurada, por lo que el Organismo controlará la veracidad e integridad de la información proporcionada -incluso mediante fiscalizaciones presenciales y electrónicas- respecto de los datos contenidos en las declaraciones juradas determinativas e informativas correspondientes a los impuestos y regímenes a su cargo, tanto presentadas por los sujetos alcanzados por la obligación, como por terceros.

jueves, 26 de febrero de 2015

AFIP: Informe producción de Trigo

Hasta el 28 de Febrero hay plazo para informar la producción total de Trigo correspondiente a la campaña agrícola 2014-2015 según la Resolución General 3342/12 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), vigente desde Junio de 2012, que implementó este Régimen de Información -abarcando la producción de girasol, maíz, trigo y soja-.
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Deberán cumplirlo obligatoriamente los productores cuya actividad -principal o complementaria- sea la obtención de trigo mediante la explotación de inmuebles rurales -ya sea propio, de terceros y/u otra modalidad establecida en la Ley de Arrendamientos y Aparcerías Rurales-. Se deberá cumplir con el Régimen de Información independientemente del destino que le sea conferido a los granos una vez cosechados.



lunes, 23 de febrero de 2015

Vencimientos Inmobiliario Rural ARBA

Finalmente la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) publicó la Resolución Normativa 8/15 en la que prorroga los vencimientos para el pago de las cuotas del Impuesto Inmobiliario Rural y del Impuesto Inmobiliario Complementario -todas las plantas- correspondiente al año 2015.
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Recordamos que originalmente ARBA había establecido el cronograma para el pago de las obligaciones con fechas distintas respecto de las establecidas en años anteriores, de modo que para las cuotas del Inmobiliario Rural, en el mes de Julio ya terminaba el plazo para el pago de la tercer cuota.

Con la reciente resolución se modifican los plazos para el ingreso de las Cuotas 1, 2 y 3 del Impuesto Inmobiliario Rural, y de las Cuotas 2 y 3 del Impuesto Inmobiliario Complementario -correspondiente a todas las Plantas-, de acuerdo con el siguiente cronograma:
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jueves, 12 de febrero de 2015

Declaración Jurada Anual Ingresos Brutos BA

Desde el 1 de Abril de 2015 comienza a vencer el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Buenos Aires correspondiente al período fiscal 2014, para los Contribuyentes del régimen de pago mensual (Contribuyentes Directos) y para los Contribuyentes incluidos en el padrón Arbanet.
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El plazo para que los contribuyentes que tributen por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires, presenten la Declaración Jurada Anual -según la terminación del Dígito Verificador de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del responsable-, es el siguiente: 

martes, 3 de febrero de 2015

Ingresos Brutos BA Nuevo Procedimiento: Más Actividades

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), continua con la incorporación gradual de actividades al mecanismo web de presentación de Declaraciones Juradas y pagos por parte de los Contribuyentes Directos que tributan por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires. La quinta etapa comenzará en Marzo de 2015, fecha en la cual operará el vencimiento del anticipo correspondiente al mes Febrero de 2015 según lo establecido en la Resolución Normativa 6/15. También incorpora a los contribuyentes excluidos del Régimen de Liquidación Administrativa de Anticipos -Arbanet- cualquiera sea la actividad.



La Resolución Normativa 41/13 (ARBA) aprobó la implementación de un nuevo procedimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas por parte de los contribuyentes directos que tributan por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos. El procedimiento es aplicado para la generación y envío de Declaraciones Juradas -originales y/o rectificativas- mensuales y/o anuales, así como también para efectuar los pagos que les corresponden, sus intereses y multas. 
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Recordamos que esta modalidad no alcanza a los contribuyentes comprendidos en el régimen de liquidación administrativa de anticipos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -Arbanet-, así como tampoco a los que se encuentren en el régimen de Convenio Multilateral.

viernes, 30 de enero de 2015

Cese Retroactivo Ingresos Brutos

Con la Resolución Normativa 3/15 la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) reglamenta el procedimiento para disponer de oficio o a pedido de parte interesada, el cese retroactivo de actividades de los sujetos inscriptos como contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
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El mecanismo alcanza a los contribuyentes locales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos como así también a los sujetos adheridos a Convenio Multilateral con sede en la Provincia de Buenos Aires. La Agencia de recaudación podrá disponer el Cese de Oficio -que no implica el cese como contribuyente- para que el contribuyente regularice su situación y/o solicite el Cese definitivo.

jueves, 29 de enero de 2015

Ley Impositiva 2015 BA Inmobiliario Rural y Marcas

La Ley 14.653 -Impositiva 2015-, publicada en el Boletín Oficial el 19 de Diciembre de 2014, establece las alícuotas correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de Sellos, Inmobiliario, a los Automotores, a la Transmisión Gratuita de Bienes y los nuevos valores para los servicios que presten las reparticiones dependientes del Ministerio de Asuntos Agrarios para el período fiscal 2015 en la Provincia de Buenos Aires.

Marcas y Señales:
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Entre lo dispuesto por la Ley, se puede observar que se incrementan los costos de tramitación en el Departamento Registro Ganadero un 30% con respecto a los valores de 2014
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También se especifican importes para distintas habilitaciones en la Dirección Provincial de Fiscalización Agropecuaria y Alimentaria -Habilitación sanitaria de Establecimientos elaboradores y depósitos de productos Lácteos, de Establecimientos Apícolas, de Establecimientos Cunícolas, de Explotaciones Porcinas, de Establecimientos Avícolas-, así como para la realización distintos análisis en reparticiones del Ministerio de Asuntos Agrarios -Diagnóstico Bromatológico, Veterinarios, Bacteriológicos, Cárnicos, de Productos Lácteos, Bioquímicos-.(Todas las tasas M.A.A.)

martes, 27 de enero de 2015

AFIP: Productores Agrícolas - Informe de Cultivos de Verano

Hasta el 31 de Enero de 2015 los productores agropecuarios tienen plazo para informar la capacidad de producción de la superficie agrícola destinada a los cultivos de verano: algodón, arroz, girasol, maíz, maní, mijo, soja, sorgo, poroto y otros granos provenientes de cultivos de verano. 


En la Resolución General 2750/10 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), se estableció un Régimen de Información respecto de las Existencias de Granos No Destinados a la Siembra -cereales y oleaginosas- y Legumbres Secas -porotos, arvejas y lentejas- de propia producción y de la Capacidad de Producción de los contribuyentes que desarrollen la actividad agrícola mediante la explotación de inmuebles rurales -propios o de terceros, o bajo alguna de las formas establecidas por la ley de Arrendamientos y Aparcerías Rurales, u otras modalidades-.